El Cambio de Condición de estancia, puede ser solicitado por un extranjero que desea residir de forma temporal o permanente en México, esto de acuerdo a la condición de estancia que haya obtenido inicialmente por lo que a continuación se señalan algunas de las modalidades existentes para el Cambio de Condición de Estancia:
Cambio a Residente Temporal por vínculo familiar.
Se obtiene cuando un extranjero con la condición de estancia de visitante o residente temporal estudiante que desea residir en México demuestra, ante el INM, que cuenta con vínculo familiar (ser padre, madre, hijo (a), cónyuge o concubino) con persona extranjera con residencia temporal, residencia permanente vigente o con un mexicano.
Se obtiene cuando un extranjero con la condición de estancia de residente temporal estudiante, recibe una oferta de trabajo, en el entendido de que el patrón debe obtener previamente su constancia de inscripción del empleador ante el INM.
Se obtiene cuando un extranjero con la condición de estancia de visitante o de residente temporal, desea residir de manera permanente en México, demostrando al INM que cuenta con vínculo familiar (ser padre, madre, hijo (a), cónyuge, concubino (a) o hermanos menores de edad) con persona mexicana o extranjera con la condición de estancia de residente permanente. En el caso de cónyuge o concubino (a) se debe acreditar tener dos años de estancia regular en territorio nacional.
Se obtiene cuando un extranjero con la condición de estancia de residente temporal y que desea residir en México de manera permanente demuestra, ante el INM, ser jubilado o pensionado y perciba del exterior recursos suficientes para vivir en el país, o haber vivido en México durante 4 años con la condición de estancia de residente temporal.
| Manuel Verdugo Cel. 5550071574 | Angel Hernández Cel. 5585836236 |
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En la siguiente sección de Consultas, antes de hacer la tuya, te recomendamos leer las dudas que otras personas tienen.
Las Consultas que hagas NO se responden de manera idéntica a otra, porque cada asunto es distinto, pero si nos ayuda que tu consulta la realices de manera clara.

Buenos días, mi nombre es Martina. Llevo 5 años en México. Y tengo 2 años con visa temporal por matrimonio con mexicana.
Acabo de sacar cita para cambio de residencia temporal a permanente.
Entre los requisitos me piden:
«Solvencia económica del familiar»
Consulté en migración en Cancún, Quintana roo que documento necesito presentar en ese caso y no me quisieron decir.
Quería saber que documento necesito. ¿Estados de cuenta? ¿Recibos de nómina? ¿Semanas cotizadas ante el imss?
Busque información en internet y menciona:
– Informe de vida laboral con referencias electrónicas //// ¿Dónde consigo esto?
– Recibos de nómina o pensión de los últimos 6 meses
– Estados de cuenta bancaria mensuales de los últimos 6 meses con el sello original de la institución bancaria. /// ¿Pueden ser descargados desde la app del banco e impresos de esa manera o tiene que ir al banco presencial para que se los den?
También saber si ¿existe algún mínimo de sueldo para mí esposa que deba tener para yo ser aprobada en ese sentido o solo es un control para saber cómo nos solventamos?
Como dato extra, ella figura ante el imss con el mínimo y cobra su sueldo más elevado por débito bancario. ¿Habría algún problema con eso?
Espero su pronta respuesta, tengo cita el 4 de noviembre.
Muchas gracias
Martina buen día, con toda seguridad leíste lo que comentas, pero ha de ser para asunto. Lo cierto, es que no es necesario acreditar solvencia económica, ni tuya ni de tu esposa.
Los requisitos son:
• Pasaporte;
• Tarjeta de residente temporal;
• Escrito firmado por ambas, indicando domicilio conyugal y la subsistencia del vínculo durante los dos años anteriores a la solicitud;
• Identificación oficial vigente de tu esposa;
• Pago de derechos por i) la recepción y estudio ..$1,702.00 y ii) por la residencia permanente.. $6,495.00;
• Acta de Matrimonio;
• Hoja de tratamiento de datos personales.
Lo puedes presentar durante los 30 días anteriores a la vigencia de la tarjeta y hasta el día de vencimiento.
Pero repito, NO se acredita solvencia.
Tu cita es el 4 de noviembre, si tienes preguntas, me puedes llamar
al número 5550071574.
Saludos
Manuel Verdugo
manuel.verdugo@legext.com.mx
Hola, buenas tardes
Soy extranjera y estoy con residencia temporal estudiante en México. Mi esposo pudo venir por una visa de vínculo familiar y estando en México hizo su cambio de condición de estancia a residencia temporal por unidad familiar. A su vez pidió un permiso de trabajo que fue un proceso a parte de la expedición de su residencia. Mi duda es: ¿cuando el renueve al año su residencia debe hacerlo por unidad familiar o puede hacerlo por oferta de empleo? En caso de que deba hacerlo por unidad familiar, ¿perdería su permiso de trabajo y tendría que volverlo a solicitar?
De antemano muchas por su ayuda
Giselle buenos días, no obstante, tu esposo tener el permiso para trabajar, para renovar debe hacerlo por la misma razón por la cual obtuvo la residencia, esto es, debe renovar por el vínculo familiar que tiene contigo, ya que su residencia, en todos los sentidos, está ligada a tu residencia, una vez que renueve no pierde el permiso para trabajar, el permiso para trabajar lo tiene durante todo el tiempo que dure su residencia, que como dije esta ligada a tu residencia.
En tu caso, puedes solicitar la residencia con permiso para trabajar haciendo valer una oferta de trabajo. Te conviene hacer el cambio de residencia, ya que tu actual residencia no genera derechos de tiempo.
Si tienes preguntas, llámame
al número 5550071574.
Saludos
Manuel Verdugo
manuel.verdugo@legext.com.mx
Le ofrecieron trabajo a unos amigos pero al llegar a México les cancelaron el trabajo, tiene otro ofrecimiento de trabajo en México, se pueden quedar y hacer el trámite con otro jefe?
Vico buenos días, para responder necesito mayores datos; sin embargo, si tus amigos entraron a México con una Visa de trabajo derivada de la oferta de trabajo cancelada, entonces no tienen problema, y si pueden buscar otro empleador; lo anterior, en el entendido de que tienen una residencia, pero si entraron a México como visitantes/turista, entonces no pueden trabajar para nadie, ni para quien les canceló, ni para quien les hace una oferta nueva.
Para que me expliques, me puedes llamar
al número 5550071574.
Saludos.
Manuel Verdugo
manuel.verdugo@legext.com.mx
Soy cubana, me casé en México con mexicano y el INM me negó el cambio de condición de visitante a residente temporal por vínculo familiar argumentando inconsistencias en las respuestas durante nuestra entrevista con el agente de migración. Ya pasaron un año y medio de esto. Sigo en México y no he salido desde que me casé en 2021. Tengo oportunidad de regularizar mi situación migratoria? Cómo le puedo hacer?
Ernestina buenos días, mi recomendación es solicitar la regularización, haciendo valer lo mismo, es decir, que estás casada con un mexicano, ya “no sería un cambio” de condición, sería una regularización. Lo anterior, lo digo sin saber en que términos el INM rechazo en el 2021 el cambio de condición, habrá que leer el oficio.
Tienes el oficio por el cual el INM negó tu tramite? Si te parece, me puedes llamar y explicas.
Me puedes contactar por WhatsApp
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Saludos.
Manuel Verdugo
manuel.verdugo@legext.com.mx
Hola, tengo una pregunta. Es posible que una persona que esté en México como visitante (visa de turismo, o entrando como residente de un país Schengen), pueda cambiar a residencia temporal (con permiso de trabajo) por una oferta de empleo?
Hola Eduardo, no es posible el cambio de visitante /turista a residente temporal por oferta de trabajo; lo que procede, es que el empleador solicite la visa de trabajo para la persona, lo que implica tener que salir de México para una entrevista, que es parte del proceso, en un Consulado de México.
Si tienes preguntas me puedes llamar
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Manuel Verdugo
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Hola. Para Cambio a Residente Permanente por Vínculo Familiar, es necesario presentar un documento certificado de identidad si mi apellido cambio cuando me case? O con el acta de nacimento apostillada basta?
Fernando buenas tardes, para el cambio de temporal a permanente, si tus apellidos cambiaron, primero debes notificar a migración el cambio de nombre y/o apellidos, para lo cual es muy probable necesites que tu Consulado en México expida una constancia de identidad, que precise que tu eres la misma persona antes y después del cambio que mencionas.
Si tienes preguntas, me puedes llamar
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Saludos.
Manuel Verdugo
manuel.verdugo@legext.com.mx
Buenos días
Mi consulta es que soy estudiante extranjera
Con vida vigente
Ya termine los estudios y tengo una oportunidad laboral y me gustaría hacer el cambio de residencia y que mi empleador pueda realiza el trámite en migración
Diana buenos días, todo bien, lo que te aclaro es que, el trámite en donde cambias a residente temporal con permiso para trabajar lo realizas tú, no el empleador.
Si tienes duda me puedes llamar y/o contactar por WhatsApp
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Saludos.
Manuel Verdugo
manuel.verdugo@legext.com.mx
Buenas tardes,
Consulta si entro a México en calidad de visitante y quiero regularizarme con cambio a residente temporal por vinculo familiar (conyuge), ese tramite se realiza en una embajada fuera del pais o dentro de Mexico.
Saludos.
Hola de nuevo María, si ingresas a México y realizas el trámite dentro de la vigencia que como visitante se te otorgue, entonces tu gestión no es una regularización, se trata de un Cambio de Condición de Estancia de Visitante a Residente Temporal por vinculo familiar. Lo anterior, en el entendido de que el documento más importante es el Acta de Matrimonio; lo que no se, es si te casaste en México o en el extranjero.
La solicitud de Visa haciendo valer el matrimonio, lo puedes hacer en una Oficina Consular. Si ese es el caso, tendrás que acreditar con el Acta de Matrimonio que estas casada, si tu acta esta registrada en México, y es necesaria la presencia de tu conyugue.
Repito, no sé si te casaste en México o en el extranjero.
Me puedes llamar y/o contactar por WhatsApp
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Saludos.
Manuel Verdugo
manuel.verdugo@legext.com.mx
Existe el cambio de residente temporal con permiso de trabajo a residente temporal estudiante o una vez alcanzada esa condición de estancia de residente temporal un oficio de alguna entidad educativa referente a los estudios y su validez solo justifican la condición de estancia temporal para su renovación?
Hola Alexis, no existe el cambio que indicas, ya que el residente temporal con permiso para trabajar de manera implícita puede estudiar.
Entiendo la razón de tu pregunta: al respecto, la única forma para renovar, es acreditando que siguen existiendo las mismas condiciones por las que tienes la residencia, esto es, tienes que acreditar que sigues trabajando.
Si lo anterior no responde tu pregunta, házmelo saber.
Quedo pendiente de tus dudas.
Me puedes llamar y/o contactar por WhatsApp
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Saludos.
Manuel Verdugo
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Hola. Gracias de antemano por responderme. Recién llegué a México con visa por vínculo familiar y estoy en el proceso del canje a residente temporal.
Mi esposo tiene ya 4 años de estar acá y esta tramitando su residencia permanente. Mi pregunta es la siguiente. Una vez q el obtenga la residencia permanente puedo yo aplicar a esta por ser su esposa?
Saludos.
Yudy buenos días, pasados dos años con la residencia temporal podrás cambiar de temporal a permanente.
Dicho lo anterior, mi pregunta es: Tu marido!!!, si tiene 4 años con la residencia temporal, porque razón no se ha naturalizado?; lo anterior, en el entendido de que una persona nacida en Latinoamérica o en la Península Ibérica, lo puede hacer pasados 2 años de mantener una residencia temporal o permanente, esto es, tú por ejemplo, en el 2024 podrás aplicar para la naturalización, si eres nacida en cualesquier país ubicado en las zonas dichas.
Para responder tus dudas, quedo al pendiente, me puedes contactar por WhatsApp
al número 5550071574.
Saludos.
Manuel Verdugo
manuel.verdugo@legext.com.mx
Hola! Quisiera saber qué debo hacer una vez que estoy en México con visa de turista y encuentro un curso que me interesa mucho y puedo pagar, pero su duración es mayor a 6 meses ?? Muchas gracias.
Hola Tania, sin salir de México, no puedes hacer nada, ya que los 180 días de tu visa como turista no se pueden ampliar.
Debes salir de México, y en una Oficina Consular de México solicitar la visa como residente temporal estudiante.
Quedo pendiente de tus dudas, me puedes contactar por WhatsApp
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Manuel Verdugo
manuel.verdugo@legext.com.mx
¿Se puede cambiar de condición de estancia de residente temporal a residente temporal estudiante? Llevo 3 años en México como residente temporal por unión familiar pero estoy en el proceso para obtener una beca del gobierno mexicano y me piden tener la tarjeta de residente temporal estudiante.
Muchas gracias.
Hola Fer, tu consulta no tiene sentido, ya que la residencia temporal permite estudiar sin necesidad de que se haga el cambio. Tan es así, que no existe el trámite por el que consultas.
Somos una Firma dedicada a la consultoría y realización de trámites migratorios, me puedes contactar por WhatsApp al número 5550071574.
Saludos.
Manuel Verdugo
manuel.verdugo@legext.com.mx
Hola, Buenas tardes. Soy estudiante aquí. Pero mi residencia de estudiante está vencida. ¿Puedo tener cambio de estancia por oferta de trabajo? o que puedo hacer en este caso?
Berly buenas tardes, puedes solicitar la residencia temporal con permiso para trabajar, haciendo valer una oferta de empleo que te haga un empleador en México, que previamente haya obtenido el permiso del Instituto Nacional de Migración (INM) para contratar extranjeros, lo que se conoce como la Constancia de Inscripción de Empleador.
Lo anterior, sin que tu tramite sea una regularización, ya que a la fecha sigue vigente el Acuerdo por el que se amplía la suspensión de los plazos, términos y actividades en el INM, esto es, no obstante tu tarjeta estar vencida, puedes solicitar en tiempo el cambio a residente temporal con permiso para trabajar, por efecto del Acuerdo mencionado.
Somos una Firma dedicada a la consultoría y realización de trámites migratorios, me puedes contactar por WhatsApp
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Saludos.
Manuel Verdugo
manuel.verdugo@legext.com.mx
Buenas tardes; soy extranjera -cubana- y soy residente permanente en Mexico; estoy casada, mi esposo es cubano y es residente temporal por estudios en México; y el quiere tramitar la residencia permanente; se tiene que solicitar la residencia temporal; estar así 2 años y después solicitar la residencia permanente y pasar 2 años más? Hay alguna manera de hacerlo sin la necesidad de que tengamos que esperar tanto tiempo? El tiene la residencia temporal de estudiante desde el 2017. Por otra parte yo tengo una hija, la cual no es hija de mi actual esposo, cuál sería la manera más rápida de que mi esposo obtuviera la residencia permanente. Gracias y saludos
Hola Sonia, en un cambio de condición de estancia, haciendo valer tu residencia permanente, a tu Esposo le corresponde la residencia temporal. Así lo señala la normatividad, ya que si bien es cierto su actual condición es la de residente temporal, esa residencia en como estudiante.
Por lo anterior, recomiendo iniciar sin demora el cambio de condición a temporal por unidad familiar, ya que todo el tiempo que pase como temporal estudiante no le cuenta para la residencia permanente o para solicitar la Carta de Naturalización. Tu por ejemplo, si tienes dos años manteniendo una legal estancia, ya sea con la residencia temporal o la permanente, puedes solicitar la nacionalidad mexicana por naturalización.
Para responder tus dudas y tramitar el cambio de condición de estancia de tu Esposo, me puedes contactar por WhatsApp
al número 5550071574.
Saludos.
Manuel Verdugo
manuel.verdugo@legext.com.mx
Hola, soy cubano con residencia temporal con permiso de trabajo y puede traer a mi hija cuando era menor de edad y obtuvo su FM3 de permiso de residencia temporal por vínculo familiar por 1 año, después renovó su FM3 por 3 años más pero siendo ya mayor de edad. Ahora es estudiante universitaria y quiere comenzar a trabajar en actividades relacionadas a su carrera, ¿qué trámites tiene que hacer para obtener el permiso para trabajar?.
Buen día Jesús, para que su hija obtenga el permiso de trabajo siendo estudiante, es necesario que obtenga una oferta de empleo por empresa registrada ante el INM como empleador de extranjeros, además de que dicha oferta de empleo debe estar relacionada con la materia de sus estudios.
Espero que esta información te sea útil y si tienes alguna duda puedes comunicarte conmigo por Whatsapp
o llamándome al número 5585836236.
Somos una Firma dedicada a la consultoría y realización de trámites migratorios.
Saludos.
Ángel Hernández
a.hernandez@legext.com.mx
Buenas tardes.
Tengo residencia temporal por oferta de empleo, este es mi año 4 y puedo cambiar a residente permanente.
Mi esposa es mexicana. Puedo solicitar la residencia por vínculo familiar o forzosamente tiene que ser por oferta de empleo.
Pietro buenas tardes, ninguna de las dos, tu cambio de residente temporal a permanente obedece a que simple y sencillamente han transcurrido 4 años, es decir, ya no importa si fueron por vinculo familiar o por oferta de trabajo.
Al solicitar el cambio de residencia, en el escrito debes indicar de manera clara que tu solicitud obedece a que has mantenido por 4 años con la residencia temporal, el trámite lo puedes presentar 30 días antes de la vigencia señalada en la tarjeta.
Para responder dudas y ayudarte con el cambio de residente temporal a permanente, llámame o contáctame
al número 5550071574.
Saludos.
Manuel Verdugo
manuel.verdugo@legext.com.mx
Buenas noches.
Si tengo una residencia de estudiante temporal y quisiera traer mi esposo a vivir en México puedo yo solicitar una visa para él por unidad familiar? Si eso és posible, él tiene el permiso para trabajar?
Livea buenas tardes, puedes solicitar la Visa para tu esposo haciendo valer vínculo que les une, el documento más importante para solicitar la visa es el Acta de Matrimonio Apostillad/Legalizada, una vez que el tenga la residencia derivada de la tuya podrá solicitar el permiso para trabajar.
Para responder dudas y ayudarte a solicitar la visa para tu esposo, llámame o contáctame por WhatsApp al número 5550071574.
Saludos.
Manuel Verdugo
manuel.verdugo@legext.com.mx
Buenas tardes tengo una residencia de estudiante y quisiera cambiar a residente temporal con vínculo familiar. Mi duda es si esa residencia temporal es con permiso para trabajar. Y también hay un límite en edad para vinculo familiar ? O sea si sería mi padre el del vínculo
Buen día Paula, el cambio de condición de estancia por vínculo familiar de un padre a un hijo tiene la limitante de que aplica solamente para menores de edad, no así para mayores de edad.
Ahora bien, el permiso de trabajo es accesorio de la condición de estancia obtenida por vínculo familiar, es decir, el permiso de trabajo debe obtenerse posteriormente a la obtención de la residencia temporal por vínculo familiar.
Es importante señalar que para el caso de un estudiante, este puede obtener la residencia temporal por oferta de empleo o por vínculo familiar (matrimonio con residente temporal o persona mexicana).
Espero que esta información te sea útil y si tienes alguna duda puedes comunicarte conmigo por Whatsapp
o llamándome al número 5585836236.
Somos una Firma dedicada a la consultoría y realización de trámites migratorios.
Saludos.
Ángel Hernández
a.hernandez@legext.com.mx
Mariana
Buenas tardes, tengo una consulta porque estaba leyendo más al respecto y en las páginas oficiales menciona que dicha regularización es por 4 años.
No entiendo, cuando uno REGULARIZA su situación migratoria por vinculo familiar, a los 2 años puede pedir una visa permanente. Entonces me gustaría que me explicara como funciona. Estando casada puedo entrar a este programa de regularización, pagar por 2 años de visa temporal y luego tramitar mi visa permanente? o a fuerza debo esperarme 4 años?
Otra consulta, estuve investigando costos y demás y algo que me comentaron no me quedo claro.
Cuando uno pide la regularización por vinculo familiar normalmente te lo otorgan por 1 año…luego al 2do año debe pagar 1 renovación.
Mi consulta es, se tiene que pagar una 2da renovación? ósea, serian 3 pagos y luego la visa permanente, o cómo funciona realmente.
Entiendo que uno regulariza su situación migratoria, abona una cuota (multa etc etc) y luego vencido el 1er año o a punto de vencer… paga por el 2do año. Luego que venza o que se vaya a vencer ese 2do año ahí ya uno abona la Visa Permanente. Es correcto? Porque me hablaban de 2 renovaciones y me resulto un poco confuso.
Agradezco su respuesta y su tiempo. Espero haya sido clara en mi consulta.
Slds
Hola Mariana, lo primero que debes tener en cuenta, es que por estar casada con mexicano, te puedes regularizar por vínculo familiar sin necesidad de la campaña de regularización.
La actual campaña de regularización permite regularizarse por 1, 2, 3 o por 4 años, no es forzoso hacerlo por cuatro años.
Sin embargo, si una persona se regulariza por campaña, no es posible que a los dos años obtenga la residencia permanente.
Caso contrario, cuando se obtiene la residencia temporal por estar casada con mexicano; entonces sí, al segundo año puedes optar por la residencia permanente.
Esto es, obtienes la residencia, pero haciendo valer derechos distintos con reglas diferentes.
“Cambio de temporal a permanente en lugar de renovar”
Para la segunda renovación en el 2023, pensando que te regularizas por vínculo familiar en el 2021 y renuevas por primer vez por un año en el 2022, puedes tramitar la residencia permanente en lugar de la renovación.
Dicho de otra manera, solo renuevas una vez por un año en el 2022 y después haces el cambio a permanente en el 2023, en lugar de renovar.
Para responder dudas y/o tramitar tu regularización por vínculo familiar, que es lo que más conviene, me puedes contactar por WhatsApp
al número 5550071574.
Saludos.
Manuel Verdugo
manuel.verdugo@legext.com.mx
Estimados Licenciados:
De antemano les agradezco me puedan orientar respecto a un par de inquietudes que tengo. En mi caso soy residente temporal por Unidad Familiar (mi esposo es mexicano) desde 11 junio de 2019. En junio 2021 según entiendo puedo solicitar Residencia Permanente acreditando regular estancia en el país y que se mantiene el vinculo matrimonial en los 2 años previos a la solicitud.
1- ¿Puedo solicitar el estudio de la solicitud para :»Residencia Permanente» unas 2 semanas antes (finales de mayo 2021) de vencerse mi «Tarjeta de residencia temporal» y por ende serían unas 2 semanas antes de cumplirse exactamente los 2 años de mi 1ra entrada al país con la cual obtuve mi residencia temporal? Esta inquietud viene dada porque según se debe realizar la renovación de la residencia un mes antes de vencerse y deseo aprovechar que haré renovación para de una vez solicitar la «Residencia permanente por Unidad familiar», pero no se si debo esperar para ello a que exactamente se cumplan los 2 años, o si me espero entonces estaría incumpliendo con la solicitud en tiempo de mi trámite para renovación de residencia.
2- Entré a México el 11 de junio 2019, salí el 26 de julio de 2019, regresé el 13 de febrero 2020, salí 4 días en Diciembre 2020 y regresé, por lo que sumando mi estancia fuera de México en estos 2 años, pasé más de 6 meses fuera de México , ¿ es requisito para otorgar la Residencia Permanente a los 2 años por unidad familiar que no haya pasado más de 180 días fuera de México en esos 2 años?
De antemano agradezco su oportuna orientación, Saludos
Yarelys buen día, respondo tus dudas seguido de cada pregunta:
1- ¿Puedo solicitar el estudio de la solicitud para :»Residencia Permanente» unas 2 semanas antes (finales de mayo 2021) de vencerse mi «Tarjeta de residencia temporal» y por ende serían unas 2 semanas antes de cumplirse exactamente los 2 años de mi 1ra entrada al país con la cual obtuve mi residencia temporal?
Respuesta: El trámite que debes presentar se llama “cambio de condición a residente permanente por unidad familiar” y lo puedes hacer dentro de los 30 días anteriores al vencimiento de la tarjeta de residente temporal, esto es, en lugar de renovar, si puedes hacer el cambio dos semanas antes de cumplirse exactamente los dos años.
2- Entré a México el 11 de junio 2019, salí el 26 de julio de 2019, regresé el 13 de febrero 2020, salí 4 días en Diciembre 2020 y regresé, por lo que sumando mi estancia fuera de México en estos 2 años, pasé más de 6 meses fuera de México , ¿ es requisito para otorgar la Residencia Permanente a los 2 años por unidad familiar que no haya pasado más de 180 días fuera de México en esos 2 años?
Respuesta: Para el “cambio de condición a residente permanente por unidad familiar” no es un requisito haber permanecido fuera del país menos de 180 días durante dos años.
Al respecto, estas confundida entre los requisitos para la residencia permanente y la naturalización, ya que para obtener la Carta de Naturalización, si es un requisito no haber salido del país por más de 180 días durante los dos años previos a la solicitud de naturalización.
Si deseas que te ayude con el cambio de condición a residente permanente por unidad familiar, contáctame vía WhatsApp
o llámame al número 5550071574.
Saludos.
Manuel Verdugo
manuel.verdugo@legext.com.mx
Hola, buen día!
Mi esposo tiene visa de residente temporal por oferta laboral, él empezó a trabajar hace poco en México y como hasta ahora esta iniciando, no cuenta como comprobar solvencia económica, con la cual no me fue posible solicitar una visa de residente temporal por unidad familiar, así que decidí viajar con el como turista. Es posible entonces que estando como turista, con la residencia temporal de mi esposo, pueda solicitar en cambio de condición de estancia a residencia temporal? hasta el momento llevamos menos de un mes en el país.
Saludos,
Carolina buenos días, al leer tu consulta da la impresión de que piensas que para obtener la residencia temporal derivada de la que tiene tu Esposo necesitan, el o tú, acreditar solvencia económica, eso es incorrecto, NO es necesario que acredites solvencia.
Lo cierto, es que tú puedes solicitar la residencia temporal solo haciendo valer el vínculo familiar, en el entendido de que, el documento idóneo para demostrar el vínculo lo es el acta de matrimonio Apostillada y/o Legalizada.
Si tienes alguna pregunta, no dudes en llamarme
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Saludos.
Manuel Verdugo
manuel.verdugo@legext.com.mx
Hola, buenos días, licenciados.
Tengo una pregunta que hacer.
Mi esposo y yo tenemos residencia temporal y en 2022 tendremos 4 años de residencia en México. Planeamos solicitar el cambio a una visa de residencia permanente. ¿Debo reunir documentos que prueben que hemos vivido aquí durante 4 años? Si es así, ¿qué tipo de documentos? ¿O es suficiente una declaración de nuestra parte?
Agradezco por la atención.
Ana Claudia bunas tardes, al cumplirse los 4 años deberán solicitar la residencia permanente, que no es una visa, se trata de una residencia. Para efecto de solicitar el cambio de temporal a permanente se presenta el trámite correspondiente, en donde lo más importante es haber mantenido los 4 años con una legal estancia en México; en el entendido anterior, es el INM quien sabe si has cumplido, o no, con los años de residencia solicitados para el cambio de condición.
Dicho lo anterior, Ustedes no deben probar nada, solo deben solicitar el cambio, pero seguros de que cumplen con los cuatro años de legal residencia.
No obstante a lo anterior, si Ustedes son nacidos en un país Latinoamericano o de la Península Ibérica no esperen la residencia permanente al 4to año, ya que pueden solicitar la naturalización al segundo año de mantener la legal estancia, esto es, si consideras que para el 2022, son candidatos a la residencia permanente, entonces desde el 2020 pueden ya serlo para la naturalización.
Para responder tus dudas de viva voz y ayudarte a detalle, me puedes contactar por WhatsApp
y/o llamar al número 5550071574 .
Saludos.
Manuel Verdugo
manuel.verdugo@legext.com.mx
Hola Buenas tardes Licenciados.
Tengo una consulta que hacer.
Mi esposo es actualmente residente temporal por unidas familiar dado a que yo, su esposa, me encuentro con estatus de residente temporal con permiso de trabajo.
A el le han hecho una oferta laboral una empresa de Mexico que tiene permiso para contratar extranjeros y quiere cambiar su condicion de residente temporal a residente temporalbcon permiso de trabajo. En este caso, su tarjeta de residencia temporal se vence en Enero 2021, es recomendable que el realice su tramite ante el INM antes de q se venza su tarjeta? La oferta laboral es por tres años, en caso de ser aprobada le darian su tarjeta con esa temporalidad o se la darian con vencimiento en Enero 2021 que es cuando se le vence su trajeta actual?
Y tambien si ese fuera el caso, tendria que renovar el permiso de trabajo en Enero?
El INM de monterrey esta muy tardado en resolver los casos, si su caso no se ha resuelto para Enero, con que estatus migratorio se encontraria el en Mexico?
Espero haber sido clara en mis dudas.
Gracias por su ayuda.
Anlice buenos días, como indique al contestar tu anterior consulta. Tu Esposo solo debe tramitar el permiso para trabajar para una determinada empresa, esto es, no se cambia la razón por la que él tiene la residencia, (vínculo familiar)
Me explico:
El tiene la residencia por vínculo familiar, y eso no debe cambiar, lo que cambia que él tiene una oferta de trabajo y lo procedente es tramitar un permiso para trabajar en la empresa que lo quiere contratar.
Dicho de otra manera, no se cambia de condición de estancia, la residencia temporal queda igual, por vínculo familiar, solo se pide el permiso para trabajar con la misma residencia.
Para responder tus otras dudas, te pido me me contactes por
y/o llamar al número 5550071574 .
Saludos.
Manuel Verdugo
manuel.verdugo@legext.com.mx
Hola buenas noches, muchas gracias por la info nada más tengo una duda.
En marzo de 2021 cumplo 4 años en México en condición de residente temporal trabajando con empresas aquí en México. Mi duda es, en mi caso me están ofreciendo un trabajo Home Office con una empresa de otro país, ¿tendría algún problema en cambiar mi condición de estancia por no estar contratado por una empresa mexicana? ¿o solo con acreditar los 4 años es suficiente para realizar el cambio aunque no me encuentre contratado por ninguna empresa nacional?
Muchas gracias
Buen día Angel, con relación al cambio de condición de estancia de residente temporal a residente permanente por tener 4 años de legal estancia en México, es importante mencionar que solo con acreditar los 4 años de legal estancia en México y señalarlo ante el INM es suficiente para solicitar el cambio de condición de estancia.
Espero que esta información te sea útil y si tienes alguna duda puedes comunicarte conmigo por Whatsapp
al número 5585836236.
Saludos.
Ángel Hernández
a.hernandez@legext.com.mx
Hola, buenas tardes! Yo presenté todos los documentos requeridos para el cambio de estancia de residente temporario a residente permanente por vínculo familiar. A un mes, aún sale «sin resolución» en la página del INM. Cuánto se tardan de promedio en mandar la resolución final con la expedición de mi credencial ?
Gracias!
Edgar
Edgar bunas tardes, en estos tiempos no existe quien pueda hablar de promedios, te platico que en la CDMX es un trámite de 30 días hábiles. Que en tu asunto hayan sucedido un mes natural no es indicativo de nada; m recomendación, es que acudas a la oficina del INM en donde presentaste el trámite, regularmente hacen caso de los asuntos con atraso de 30 días antes.
Me puedes contactar por WhatsApp
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Manuel Verdugo
manuel.verdugo@legext.com.mx
Buenas tardes muchas gracias por la información ofrecida. Soy residente temporal estudiante y quiero cambiar a residente temporal porque tengo una oferta de trabajo
Saludos Meiby
Hola Meiby, debes solicitar el permiso de trabajo, la residencia ya la tienes. Ahora bien, la fecha en la que obtengas el permiso de trabajo nada tiene que ver con la vigencia de tu actual residencia; me explico, cuando te corresponda renovar lo vas a tener que hacer sin importar que hayas obtenido hace poco tiempo el permiso para trabajar.
Somos una Firma dedicada a la consultoría y realización de trámites migratorios, para responder tus dudas me puedes contactar por WhatsApp
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Saludos.
Manuel Verdugo
manuel.verdugo@legext.com.mx
Buenas noches,
Primero muchas gracias por la información tan valiosa que publicas. En mi caso soy residente temporal en México por oferta de trabajo, en Agosto de 2021 haré 4 años en México y entiendo que entonces, mientras tenga oferta de trabajo por la empresa original u otra, podré cambiar mi estatus a residente permanente, es correcto?
Mi pareja es Mexicana, sería posible cambiar ya mi estatus a residente permanente si obtenemos una constancia de concubinato? De ser así, es necesaria cierta antigüedad de la constancia de concubinato para cambiar a residente permanente?
Gracias una vez más, un saludo
Jesús buenas tardes, en agosto del 2021 vas a poder cambiar de residente temporal a permanente tengas o no tengas trabajo; me explico, tu tramite se llama cambio de condición de estancia no es una renovación, esto es, en un trámite de renovación si debes acreditar la continuidad laboral en un trámite de cambio de condición de estancia NO, solo deben haber transcurrido los cuatro años.
Pero, parece que tu pregunta es equivocada, ya que deberías de preguntar si a la fecha, 28 de septiembre del 2020, puedes solicitar la Carta de Naturalización. Al respecto, no sé por qué no has solicitado la naturalización, ya que desde el segundo año con la residencia temporal lo pudiste haber hecho y no estar pensando en este momento en la simple residencia permanente.
Para solicitar la naturalización, de manera básica, necesitas que tu tarjeta migratoria tenga una vigencia de por lo menos de 6 meses posteriores a la fecha de la solicitud, haber nacido en un país latinoamericano, n haber salido de México por más de 180 días durante los dos años anteriores a la solicitud, el acta de nacimiento apostillada o legalizada y pasaporte vigente; lo demás; se puede obtener en México.
Por lo que hace a tu última consulta, si no fuera suficiente lo antes dicho, te digo que no es posible cambiar te temporal a permanente haciendo valer el concubinato, cuando mucho se obtiene la residencia temporal, misma que ya tienes.
Llámame, en verdad necesitas asesoría, somos una Firma dedicada a la consultoría y realización de trámites migratorios, me puedes contactar por WhatsApp
al número 5550071574 .
Saludos.
Manuel Verdugo
manuel.verdugo@legext.com.mx
Buena tarde, Mi permiso de Turista vencerá en unos días, pues debido a lo del COVID el aeropuerto sigue cerrado aun y dicen abrirlo a finales de septiembre, fui a migracion el dia de hoy y me informan que debo llenar un formulario de regularizacion en la pagina pero no sabria que situacion es, si cambiar condicion de estancia, extender estancia , o regularizar situacion migratoria pero aun estoy sin vencimiento? cual seria el proceso a seguir?
Buen día Nathalia, el cambio de condición de estancia se refiere a solicitar una nueva condición de estancia, ya sea de turista a residente temporal o permanente, o bien, de residente temporal a permanente, en el caso que se plantea se trata de una regularizacion migratoria por razones humanitarias.
Espero que esta información te sea útil y si tienes alguna duda puedes comunicarte conmigo por Whatsapp al número 5585836236.
Saludos.
Ángel Hernández
a.hernandez@legext.com.mx
Buen dia, Soy estadounidense y tengo mi permiso de residente temporal (estudiante) con fecha de vencimiento al mes de Noviembre de este año. Acabo de meter mi papelería para el cambio a residente permanente por vinculo familiar ya que tengo una hija con mi pareja mexicana nacida este año, ya hice los dos pagos correspondientes que me pidieron (1,300 y 5200 aprox).
Pregunta 1, ¿hay posibilidad de que me nieguen la residencia?
Pregunta 2, ¿cuanto tiempo toma el trámite para que me entreguen mi residencia permanente? ¿tiene el tiempo estimado por pasos en el tramite? ..
Gracias
Buen día Kyle, en atención a tus preguntas me permito contestar lo siguiente:
Todo trámite corre el riesgo de que sea negado y puede ser por varias razones, el que no se cumpla con los requisitos necesarios para solicitar el cambio de condición de estancia, en caso de que hagan una visita de verificación y no logren satisfacer lo que va a verificar el INM, etc.
El tiempo de resolución depende de la carga de trabajo con que cuente la representación del INM en donde presentó su solicitud de cambio de condición de estancia, además de que a criterio del INM puede haber una visita de verificación, entre otras situaciones, siendo las antes mencionadas las más comunes.
Espero que esta información te sea útil y si tienes alguna duda puedes comunicarte conmigo por Whatsapp
al número 5585836236.
Saludos.
Ángel Hernández
a.hernandez@legext.com.mx
Buenas noche,
Gracias por esta información tan valiosa. Quisiera me apoye con su opinión: lo que pasa es que actualmente cuento con residencia temporal con permiso para trabajar que, sin embargo, está por vencer. Por otro lado estoy casado con una mexicana y en febrero cumpliré los dos años estipulados para la obtención de la residencia permanente. Tomando en cuenta el hecho de que no podré renovar mi permiso laboral (ya que no cuento con una oferta de trabajo) ¿es posible optar por el trámite de residencia temporal por vínculo familiar y posteriormente realizar el canje a residencia permanente?
Gracias de antemano por su pronta respuesta.
Saludos.
Buen día Beethoven, de acuerdo a los tiempos que distingo en tu consulta el documento migratorio se vencerá próximamente y no va a ser posible renovarlo, además en 2021 se cumplen los 2 años de legal estancia por estar casado con mexicana.
Ahora bien, infortunadamente no es posible optar por la residencia por vínculo familiar cuando la residencia temporal se obtuvo por oferta de empleo y en el asunto que se plantea quedarías irregular, ya que al no poder renovar por no contar con una oferta de empleo no se renovaría el documento migratorio y no se cumpliría con el requisito para obtener la residencia permanente de contar con 2 años de legal estancia y se tendría que solicitar una regularización migratoria.
Lo que quedaría es obtener una oferta de empleo.
Espero que esta información te sea útil y si tienes alguna duda puedes comunicarte conmigo por Whatsapp al número 5585836236.
Saludos.
Ángel Hernández
a.hernandez@legext.com.mx
Hola muy buenas noches!! Disculpa tengo una inquietud! Llevo viviendo aquí en México desde el 2016 soy hondureños me otorgaron la visa humanitaria por víctima de delito y cada año la he renovado porque aún estan abierto el caso de ese delito! Pero hace un mes me case con mi novia mexicana y hice el cambio de estatus,pero cuando fui a pedir los requisitos la encargada de migración me los dio pero el que decía cambio de visitante por razones humanitarias a residente temporal, y allí no decía de de matrimonio y regrese y le dije a la encargada y me dijo que ese era! Y le aclare que era por unidad familiar porque me había casado y ella me dijo que ese trámite de cambio a residente temporal por unidad familiar era para personas con condición de visitantes (turistas) y para personas con visa de estudiantes que la visa por razones humanitarias no aplicaba para ese cambios!! La señora siempre me recibió el papeleo y el un pago de 1420 creo pero me dijo que era posible que me negaran el cambio de condición porque mi visa era por razones humanitarias y no de turista o de estudiante!! Es posible que me la nieguen por tener visa por razones humanitarias???
Buen día Wilmer, de acuerdo a la legislación migratoria vigente los cambios de condicion de estancia que existen son:
– Cambio a residente permanente por vínculo familiar.
– Cambio a residente temporal por vínculo familiar.
– Cambio a visitante por razones humanitarias.
– Cambio de visitante por razones humanitarias a residente temporal.
– Cambio de visitante por razones humanitarias a residente permanente.
– Cambio de residente temporal estudiante a residente temporal.
– Cambio de residente temporal a residente permanente.
En razón de lo anterior es que le dijeron que el cambio que usted deseaba no era posible y efectivamente, es probable que le nieguen el trámite y no le devuelvan los derechos que pagó ya que esos derechos se pagan por la recepción, estudio y la probable autorización del cambio de condicion de estancia solicitado.
Espero que esta información le sea de utilidad y si tiene alguna duda puede comunicarse conmigo por Whatsapp
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Saludos.
Angel Hernández
a.hernandez@legext.com.mx
Buena Noche, Mi permiso de Turista venció el pasado 20 de Abril, lastimosamente se dio lo del COVID. Mi esposo es Mexicano pero nos casamos en Colombia. Los resgistro Civiles en México estan cerrados para hacer cambio de Turista a residente temporal. Se tiene que hacer pago de alguna Multa y cual es el proceso a seguir?
Buen día Leidy, actualmente, al existir una regularizacion migratoria por razones humanitarias, lo primero que debe hacer es solicitar dicha regularización para que le otorguen una nueva condicion de estancia de visitante y con esto esperar a que las oficinas del regstro civil de donde nos consulta abran para inscribir su matrimonio en México.
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Saludos.
Angel Hernández
a.hernandez@legext.com.mx
COMUNICADO 4 COVID 19
Derivado del vencimiento de los 180 días de la conocida Visa de Turista, Visa de Visitante o Forma Migratoria Múltiple por la pandemia generada por el COVID 19, el INM establece la ampliación del término de 180 días de legal estancia en México para la persona extranjera que realice el trámite de Regularización por Razones Humanitarias de la Forma Migratoria Múltiple.
La Regularización por Razones Humanitarias, otorga el derecho a la persona extranjera de permanecer en México por otros 180 días sin el temor de estar de manera ilegal en México.
Los requisitos para la Regularización por Razones Humanitarias de la estancia en México y en consecuencia la ampliación de los 180 días como visitante/turista, son sencillos.
https://www.legext.com.mx/regualarizacion-por-razones-humanitarias-de-situacion-migratoria-en-mexico-para-los-visitantes-turistas/
Buenas tardes.
Soy residente temporal por estudio hace 3 años, es verdad que si mantengo mi condición de estudiante por un año más ya puedo solicitar la residencia permanente?
Hola Carolina, No es verdad. Los años con la residencia temporal estudiante no generar derechos de tiempo para la residencia permanente o para la naturalización.
Para generar tiempo que sirva para la residencia permanente, necesitas cambiar a residente temporal por oferta de trabajo o por vínculo familiar.
Somos una Firma dedicada a la consultoría y realización de trámites migratorios, me puedes contactar por Whatsapp
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Saludos.
Manuel Verdugo
manuel.verdugo@legext.com.mx
Hola, tengo residencia temporal en méxico con permiso de trabajo por un año, por la contingencia del covid-19 me quedé sin trabajo y tuve que realizar el trámite de persona física con actividad comercial ante hacienda y es donde trabajo actualmente como persona independiente en la construcción pues soy ingeniero, mi pregunta es si al renovar mi condición de estancia hay alguna manera de hacerlo de forma permanente pues realmente me ha ido bien en lo que hago actualmente, gracias
Hola Enrique, el problema lo vas a tener cuando te toque renovar, ya que no vas a poder hacerlo sin acreditar la continuidad laboral con una empresa, esto es, no te sirve para renovar el estar dado de alta ante la SHCP; es más, para poder trabajar de manera independiente, como lo haces, necesitas además el permiso del INM para hacerlo.
Por lo que hace a la residencia permanente, te recomiendo la naturalización, ya que la puedes solicitar pasados dos años manteniendo la residencia temporal ; y la permanente, te toca pasados 4 años.
Pero repito, no vas a poder renovar cuando te corresponda si no lo haces por continuidad laboral.
Si consideras que te podemos ayudar, somos una Firma dedicada a la consultoría y realización de trámites migratorios, me puedes contactar por Whatsapp
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Saludos.
Manuel Verdugo
manuel.verdugo@legext.com.mx
Buenas tardes estoy casado con una mexicana pero ya no estamos juntos(seguimos casados legalmente) y no me quiso firmar la renovación de la residencia que puedo hacer para renovarla o si puedo cambiar mi estatus
Buen día Rubén, la unica forma que tiene para renovar es por aquella con la que consiguió su condicion de estancia, que por lo que distingo es por unidad familiar.
Una de las formas de obtener una nueva condicion de estancia es quedando irregular y solicitar una nueva ya sea por unidad familiar o por oferta de empleo.
Espero que esta información le sea de utilidad y si tiene alguna duda puede comunicarse conmigo por Whatsapp
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Saludos.
Angel Hernández
a.hernandez@legext.com.mx
Regularización de Visa de Turista por Razones Humanitarias
Requisitos
• Formato en línea;
• Escrito;
• FMM vencida;
• No hay pago de multa o derechos;
• Obtienes hasta 180 días.
https://url2.cl/UjBcL
Consulta Guillermo
Buenas tardes desde el año 2016 cuento con tarjeta de residente temporal estudiante la cual se vence el diciembre del 2020, mi esposa cuenta con tarjeta de residente temporal con permiso para trabajar. Para renovar mi estado migratorio quería saber si soy candidato para tramitar la residencia permanente ó me tocaría tramitar la residencia temporal por vínculo familiar ya que finalizo mis estudios en marzo 2021. Que tipo de condición de estancia me convendría mas para poder laborar.
Hola Guillermo, lo que conviene es realizar un cambio en la razón por la que tienes la residencia, esto es, antes de que te toque renovar debes solicitar el cambio a residente temporal por oferta de trabajo, ya que si lo haces por vínculo familiar solo obtienes la residencia temporal, que no te permite trabajar.
Por lo demás, no eres candidato a la residencia permanente, ya que los años que mantuviste la residencia temporal como estudiante no te cuentan; por lo que, o cambias la razón de la residencia por vínculo familiar o lo haces por oferta de trabajo.
Por lo que hace a la residencia de tu esposa, te comento que puede solicitar la naturalización después del segundo año con la residencia que tiene, en el entendido de que es posible si es nacida en un país de Latinoamericano.
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Saludos.
Manuel Verdugo
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Regularización de Visa de Turista por Razones Humanitarias
Requisitos
• Formato en línea;
• Escrito;
• FMM vencida;
• No hay pago de multa o derechos;
• Obtienes hasta 180 días.
Contacta https://url2.cl/UjBcL
Consulta Angélica
Buenas noches, me gustaría hacer una consulta: el año pasado cambié la residencia temporal estudiante por la residencia temporal, mediante una oferta de trabajo. No obstante, aunque ya finalizaré ese trabajo, me encuentro viviendo con mi pareja (quien es mexicano) hace cuatro años, por lo que quisiera saber si este año podría renovar la residencia temporal pero ahora argumentando unión familiar (y ya no oferta de trabajo). Muchas gracias!
Hola Angélica, para renovar este año debes acreditar que sigues trabajando, no puedes renovar haciendo valer que vives en concubinato; lo que si puedes, es cambiar la razón de tu residencia, para quedar por vínculo familiar, en el entendido que tendrías que perder el año que llevas como residente temporal por oferta de trabajo.
Si cambias y no renuevas por oferta de trabajo, el concubinato se acredita con una resolución judicial que emite un Juez de lo Familiar, al resolver un procedimiento denominado “Jurisdicción Voluntaria” (juris vol)
Te comento, que el tiempo que mantuviste la residencia temporal como estudiante no te genera ningún beneficio.
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Saludos.
Manuel Verdugo
manuel.verdugo@legext.com.mx
Hola, quería hacer una consulta. Mi pareja tiene residencia temporal de estudiante y el 15 de Julio vence su documento migratorio. Vivo con ella desde hace casi dos años, y llevamos algunas semanas esperando que abran oficinas para obtener un acta de concubinato para cambiar su estatus migratorio, pero por la situación de la pandemia COVID, no hay nada abierto. En el INM, le dijeron que debía salir del país y volver como turista, pero no hay vuelos internacionales. ¿Que ocurre si dejamos vencer su documento y esperamos que abran dependencias de gobierno para obtener el acta de concubinato? estamos muy preocupados. Saludos
Buen día Mario, si bien es cierto que el INM no ha dejado de trabajar, tambien lo es que actualmente los terminos en el INM están suspendidos, por lo que el vencimiento de su documento migratorio no aplicaría, sin ambargo, aun no se sabe como se va a manejar lo que sucedera con esa suspensión de términos al termino de la pandemia, nosotros suponemos que van a dar minimo un par de días para el cumplimiento de los terminos.
Ahora bien, si se deja vencer el documento migratorio y ustedes consiguen el documento que certifique que se encuentran en concubinato, pueden solicitar su regularizacion migratoria por vínculo familiar, debiendo señalar que en este trámite se deberá pagar una multa por encontrarse irregular en México.
Espero que esta información le sea de utilidad y si tiene alguna duda puede comunicarse conmigo por Whatsapp al número 5585836236.
Saludos.
Angel Hernández
a.hernandez@legext.com.mx
COMUNICADO 3 COVID 19
No dejes vencer la vigencia de tu tarjeta migratoria. No obstante la contingencia, el INM sigue recibiendo a trámites la renovación de tarjetas migratorias; lo que significa, que una vez que la situación se normalice NO va a existir prórroga para renovar tarjetas vencidas.
Lo mismo sucede con todos los trámite iniciados antes de la contingencia. Debes seguir pendiente de las notificaciones que el INM te haga, dando cumplimiento a lo que se te pida.
Si deseas que te apoyemos con la renovación de tu tarjeta migratoria o cualesquier otro tramite, háznoslo saber. Gracias
COMUNICADO 3 COVID 19
No dejes vencer la vigencia de tu tarjeta migratoria. No obstante la contingencia, el INM sigue recibiendo a trámites la renovación de tarjetas migratorias; lo que significa, que una vez que la situación se normalice NO va a existir prórroga para renovar tarjetas vencidas.
Lo mismo sucede con todos los trámite iniciados antes de la contingencia. Debes seguir pendiente de las notificaciones que el INM te haga, dando cumplimiento a lo que se te pida.
Si deseas te apoyemos con la renovación de tu tarjeta migratoria o cualesquier otro tramite, háznoslo saber. Gracias
Consulta:
Estimado LicManuel Buenos dias Por Favor:
Poseo residencia temporal y se me vence el 19 de mayo
Estoy en el extranjero vuelos internacionales de interjet cerrados Por la situación internacional areopuertos .cerrados en CUBA tambien
EL vuelo de regreso al DF lo tengo comprado con anterioridad para el jueves 23 de abril por interjet pero ahora recibi un vaucher tenia planificado llegar al INM a la residencia permanente Me preocupa que no se estabilice la situacion y se me vensa mi residencia temporal para entrar a México.
Existe alguna informacion al respecto ante esta situacion de emergencia. He buscado a la pagina INM no veo nada al respecto GRACIAS muy amable por la respuesta como siempre Le consulto si tiene alguna informacion Que puedo hacer ayudenme por favor es un poco st agradecido. Como siempre No encuentro nimguna informacion Gracias
Mario buenas tardes, el INM no se ha pronunciado en la solución de asuntos como el tuyo, y otros.
Pero no te preocupes, tu asunto en particular tiene solución establecida en ley; me explico, si tu tarjeta migratoria vence estando en el extranjero, después del 19 de mayo, puedes regresar a México dentro de los 55 días naturales posteriores al vencimiento, debiendo presentar el trámite de cambio de condición de estancia dentro de los 5 días posteriores a tu regreso, en el entendido de que, no debes pasarte de los 55 días y el trámite presentarlo al regreso, a más tardar al quinto día.
Cuando regreses contácteme para poder ayudarte en el cambio de temporal a permanente.
Somos una Firma dedicada a la consultoría y realización de trámites migratorios, me puedes contactar por Whatsapp
al número 5550071574 .
Saludos.
Manuel Verdugo
manuel.verdugo@legext.com.mx
COMUNICADO 2 COVID-19
Las oficinas del INM continúan prestando el servicio para la presentación de trámites en general.
Con las adecuaciones a cada asunto, seguimos prestando el servicio para la presentación de trámites en la CDMX y San Luis Potosí.
Atentamente
LEGEXT
COMUNICADO COVID-19
No obstante el Gobierno anuncio el cierre de oficinas federales, algunas representaciones del Instituto Nacional de Migración aún prestan el servicio en sus oficinas de forma restringida.
Lo anterior, significa que los términos de vigencia de las tarjetas migratorias y otros trámites no se han detenido y se deben presentar las solicitudes correspondientes a cada caso en concreto, por lo que es latente el riesgo de que una vez normalizada la situación derivada del COVID-19, el INM haga más complicado los tramites no presentados en tiempo.
En el caso de la Oficina de Representación en la CDMX, esta atiende con aproximadamente 50 turnos/o fichas al día, lo cual establece la posibilidad de presentar los tramites con vencimiento en tiempo, aunque con algunos problemas derivados de la limitación de tramites a presentar.
Con las adecuaciones a cada asunto, seguimos prestando el servicio para la presentación de trámites en la CDMX y San Luis Potosí.
Atentamente
LEGEXT
¿Están abiertas las oficinas Instituto Nacional de Migración?
El Instituto Nacional de Migración, si está prestando el servicio para la recepción de trámites, esto significa que los términos para la presentación de trámites con vigencia no se ha detenido.
Por lo anterior, la recomendación es no dejar vencer los plazos para la presentación de los trámites que tengan aparejado vencimiento.
El Instituto Nacional de Migración, está prestando el servicio de manera restringida; por ejemplo, la Oficina de Representación en la CDMX atiende 50 turnos/o fichas al día.
Con la salvedad para cada asunto, sigo prestando el servicios para la presentación de trámites en la CDMX.
Me puedes contactar por E-mail o WhatsApp, al número 5550071574.
Saludos.
Manuel Verdugo
manuel.verdugo@legext.com.mx
Buenos días, ingrese un tramite de cambio de turista a Residente permanente por vinculo familiar ya que, tengo un hijo mexicano de 11 meses, el tramite lo ingrese el 2 de Mayo del 2019, en el SETRAM aparece esa fecha como tramite ha sido registrad y ha sido asignado el tipo de tramite, cabe mencionar que presente toda la papelería solicitada de mi hijo y mía junto que el pago, la persona que me atendió me aconsejo hacer el pago del cambio de una vez para mayor agilidad así que lo realice al rededor de $6,000 pesos no tengo el monto exacto en este momento. desde entonces me mandaron un oficio el 22 de octubre, con el cual acudí 2 días después de que se me notifico, en el oficio me solicitaban documento oficial con fotografía del menor Mexicano el cual lleve en original para cotejarlo junto con un escrito de mi parte. me lo aceptaron y el 28 de octubre apareció en el SETRAM «registro de alcance» y el 31 de Octubre 2 leyendas con la misma fecha «Un pago ha sido registrado». asumo que son los 2 pagos que realice como me lo indicaron. desde entonces a 02 de Marzo del 2020 no he recibido ninguna respuesta ni avance y estoy sin poder trabajar de forma legal ni poder salir de país. el tiempo transcurrido es normal? fui hace un par de meses para preguntar e hice una fila por 40 mins para pregunta y al llegar solo me dijeron que ellos me notificarían que no había nada que hacer. mi pregunta es; hay alguna forma de agilizar? de presionar para la revisión? que me recomiendan hacer en este caso. el tramite esta registrado en la delegación en Nuevo Leon. de antemano muchas gracias.
Buen día Alex, lo que puede hacer para presionar la resolución de su tramite es solicitar una cita con el encargado de resolver su trámite, o con el delegado ya que usted señala que en ventanilla no le resuelven nada.
Otra opción que tiene es enviar un correo electrónico al delegado y/o al Órgano Interno de Control del INM para hacerle saber su situación.
Espero que esta información le sea de utilidad y si tiene alguna duda puede comunicarse conmigo por Whatsapp al número 5585836236, de igual forma, estoy a su disposición si desea que elaboremos el correo electrónico correspondiente
Saludos.
Angel Hernández
a.hernandez@legext.com.mx
Hola, soy residente temporal con permiso de trabajo. Quiero cambiar a residente temporal con permiso de trabajo y tengo la empresa interesada, que ya cuenta con registro de Empleador en el INM. Pregunté en las oficinas y me señalan que debo salir de México, esperar a que se apruebe mi permiso y regresar con visa de trabajo. Mi pregunta es si efectivamente se necesita salir del país para hacer el canje.
Led buenos días, tu consulta es confusa, pero si tienes la residencia temporal con permiso de trabajo y simplemente vas a cambiar de lugar de trabajo, entonces lo que tienes que hacer, es presentar el aviso de cambio de lugar de trabajo dentro de los 3 meses siguientes a que te hayan contratado, no hay que salir de México y mucho menos hacer un cambio de condición de estancia.
Si tu situación es otra, te pido me llames y me aclares, al Celular asociado con WhatsApp número 5550071574.
Saludos.
Manuel Verdugo
manuel.verdugo@legext.com.mx
hola buenas tardes,
hace 6 meses se me venció mi tarjeta residencia temporal con permiso de trabajo pero he cumplido 4 años seguidos y cuando me toco renovar la condición me duraron resolver situación migratoria para residente permanente como 6 meses. Ahora mi pregunta es que me dijeron en mi trabajo durante este tiempo que esta en tramite de mi situación migratoria que no me iban a pagar mi salario que había trabajado durante este tiempo, alguien de aquí me podría decir bajo que términos puedo defender y recuperar mi salario de 6 meses
Buen día, por lo que entiendo, su consulta no es por su legal estancia en México como residente temporal, es decir, no tiene nada que ver con temas migratorios ante el Instituto Nacional de Migración. Se trata de un asunto laboral, en donde se necesita que la empresa donde labora le pague el salario por 6 meses que trabajó y que no le quieren pagar por una razón injustificada.
Dicho lo anterior, para aclarar su consulta puede comunicarse conmigo por Whatsapp al número 5585836236 para que me explique que es lo que necesita.
Saludos.
Angel Hernández
a.hernandez@legext.com.mx
Buenas noches e inicio de semana;
Les escribo por un par de dudas sobre el proceso legal para obtener una “Residencia Temporal con Permiso de Trabajo”. Ojalá me puedan ayudar. Les agradezco mucho de antemano!
Pues bien, yo soy arquitecto ecuatoriano de 31 años de edad y busco vivir con mi pareja que se encuentra ya en Ciudad de México con una Visa de Residente Temporal de Estudios. Por lo mismo he encontrado 2 rutas para conseguir una “Residencia Temporal con Permiso de Trabajo” que pongo a su consideración:
1. Llegar a CDMX, encontrar un trabajo, legalizar su oferta en el INM, salir del país y aplicar a la “Residencia Temporal con Oferta de Trabajo” desde un consulado cercano como el de Guatemala.
2. Obtener un Concubinato con mi pareja tras mi llegada a México para aplicar a la “Residencia Temporal”, posteriormente tramitaría el permiso de trabajo sin tener que salir del país. Esta posibilidad la he obtenido de:
https://www.gob.mx/tramites/ficha/cambio-a-residente-temporal-por-vinculo-familiar/INM828
Entonces mis dudas son:
• ¿Es verdad que puedo a aplicar a una “Residencia Temporal por Oferta de Trabajo” desde un consulado cercano como el de Guatemala a pesar de que mi nacionalidad es ecuatoriana?
• ¿Puedo }inscribir el concubinato con mi pareja a pesar de que mi estado migratorio sería de Visitante y hemos estado separados los últimos 6 meses por estudios? (hay personas en nuestro edificio que reconocen nuestra relación, asimismo otras personas saben que estamos juntos desde hace 4 años y podrían testificarlo ante un juez del registro civil o un notario. ¿Qué tan factible es esta opción?
• ¿Qué me recomendarían hacer para obtener el concubinato o evitar salir del territorio mexicano?
Muchísimas gracias de nuevo
Jorge buen día, te ofrezco una disculpa por responder hasta hoy, te respondo seguido de cada pregunta:
Ruta 1: Llegar a CDMX, encontrar un trabajo, legalizar la oferta laboral en el INM, salir del país y aplicar a la “Residencia Temporal con Oferta de Trabajo” desde un consulado cercano como el de Guatemala.
Por supuesto que es posible.
Ruta 2: Llegar a CDMX y oficializar un Concubinato con mi pareja para aplicar a la “Residencia Temporal” por «Vínculo Familiar», posteriormente tramitaría el permiso de trabajo. Esta posibilidad la he obtenido de:
También es posible, pero ten en cuanta que el concubinato lo has mantenido fuera de México, entonces el documento oficial por el cual acredites concubinato lo debes traer a México (Apostillado)
¿Qué me recomendarían hacer para obtener el concubinato o evitar salir del territorio mexicano?
Para acreditar el concubinato es necesario la convivencia de por lo menos 2 años en la CDMX , en el Estado de Jalisco, por ejemplo, son 5 años.
Derivado de lo anterior, mi recomendación es que cuando ingreses a México te cases con tu pareja dentro del tiempo que te permita la Visa como Visitante/Turista, hecho lo anterior solicites un cambio de condición de estancia por el vinculo que tendría con ella.
5550071574.
Saludos.
Manuel Verdugo
manuel.verdugo@legext.com.mx
Hola, buenas tardes, tengo una duda, si se obtiene la residencia temporal por vinculo familiar con permiso para trabajar, posteriormente te divorcias, y quieres cambiar la condición de estancia a oferta de empleo, ya que tienes empleador dado de alta en el INM. Se puede hacer el cambio? Muchas gracias por su ayuda.
Maria buenas tardes, no existe el tramite que permita cambiar de condición de estancia, esto es, debe seguir renovando por vínculo familiar.
El permiso de trabajo es un accesorio a la residencia, cuando se tiene la residencia temporal por vínculo familiar y se solicita el permiso para trabajar en determinada empresa o en la modalidad de autoempleo, no significa un cambio de condición de estancia y mucho menos da la posibilidad de renovar por una razón distinta al vinculo.
Me puedes llamar por Whatsapp al número 5550071574.
Saludos.
Manuel Verdugo
manuel.verdugo@legext.com.mx
Buen dia, tengo una relación con un mexicano hace casi 5 años de los cuales he vivido con el de manera intermitente los primeros dos años y en julio de 2017 obtuve residencia temporal estudiante, la cual ya se venció en julio 2019, sali del pais y entre como turista en agosto 2019 y esta proximo a vencerse mi permiso. Estoy por tramitar el acta de concubinato para pedir residencia por vinculo familiar, pero en migresion me dicen que deben ser tres años, no se si me pongan problemas por fas fechas de salida y no tener exactos los 3 años, muchas gracias
Ingrid buen día, no es ante el INM que acreditas el concubinato, el acta que mencionas la obtienes de una autoridad distinta, de un Juzgado, a través de un procedimiento denominado Jurisdicción Voluntaria , por lo que basta que tengas el acta del Juzgado.
Ahora bien, el tempo para acreditar el concubinato depende de cada Estado, por ejemplo en la CDMX es de 2 años y en el Estado de Jalisco es de 5 años, en donde vives?
Espero que la información sea útil, si tienes dudas llámame por Whatsapp al número 5550071574.
Saludos.
Manuel Verdugo
manuel.verdugo@legext.com.mx
Hola. Tengo una oferta para impartir clases en la universidad donde estudio, he leído varios documentos y sigo sin entender bien cuáles son los documentos que se deben presentar ante el INM, me refiero a los documentos que dependen de la universidad. En algunos lugares he leído que son la carta de conformidad y oferta de trabajo con actividades relacionadas con la materia de mis estudios, en otros lugares he leído otra cosa, como los datos de constancia de inscripción del empleador por el Instituto y no sé qué es esto último. Por favor si me pudiera aclarar bien este asunto se lo voy a agradecer.
Buen día Osniel, para que un residente temporal estudiante realice un cambio de condición de estancia a residente temporal con permiso para trabajar, es necesario que obtenga una oferta de empleo, la cual debe ser extendida por una empresa o persona física que se encuentre inscrita ante el INM como empleador de extranjeros, es decir que tenga su constancia de inscripción como empleador ante el INM.
Para el caso de continuar como residente temporal estudiante y solo se desea obtener un permiso de trabajo, al igual que en el cambio de condición de estancia es necesaria una carta de conformidad de la escuela en la que estudia.
Espero que esta información le sea de utilidad y si tiene alguna duda puede comunicarse conmigo por Whatsapp al número 5585836236.
Saludos.
Angel Hernández
a.hernandez@legext.com.mx
Buenas Tardes
Tengo una una inquietud, tengo desde Julio, solicitando un cambio de residencia temporal de estudiante y residencia temporal por empleo , todavia no me sale la resolucion, y voy a INM , y dicen que ya no estan dando informacion , que solo revise en la pagina , hay alguna manera por medio de abogados, gestionar que se revise mi caso, porque no tiene logica que se demoren mas de 6 meses para que te digan si puedes trabajar legal o no en mexico, quiero si hay algun mecanismo para poder gestionar el asunto
Agradezco su atencion
Carlos buen día, las oficinas del INM están obligadas a proporcionar información. Lo cierto, es que la información que proporcionan regularmente no reconforta, ya que el 80 % de las respuestas es que el trámite sigue su proceso y eso no te dice nada.
Lo que puedes hacer es presentar una Queja formal ante el Órgano Interno de Control (OIC) dentro del INM.
Si deseas que elabore la Queja, házmelo saber házmelo por Whatsapp al número 5550071574.
Saludos.
Manuel Verdugo
manuel.verdugo@legext.com.mx
Si deseas que elabore la Queja, házmelo saber.
buenas tardes, si se puede hacer el cambio de resiente temporal con vinculo familiar solo presentando una constancia de concubinato?
Buen día Itzel, si es posible solicitar un cambio de turista a residente temporal, sin embargo, cabe la posibilidad de que el personal del INM dude de la constancia de concubinato ya que para que se de el concubinato es necesario que ambas personas hayan tenido vida en comun durante cierto tiempo, el cual varía de acuerdo a la entidad federativa en la que se solicite.
Espero que esta información le sea de utilidad y si tiene alguna duda puede comunicarse conmigo por Whatsapp al número 5585836236.
Saludos.
Angel Hernández
a.hernandez@legext.com.mx
Hola, buenas tardes, ya habiía hecho esta pregunta, pero en un foro equivocado, me parece, creo este es el correcro, nuevamnete me presento son concepcion,salvadoreña, me recomendaron con ustedes, y es que la verdad tengo miedo y nervios, quisiera me ayudaran, por favor, tengop un aduda; soy residente temporal con permiso para trabajar en mexico, ya esta por vencerse, pero me case hace un mes con un mexicano, mi pregunta es puedo cabiar de residente temporal con permiso para trabajar a residente temporal por vinculo familiar? o ¿no se puede hacer eso?, muchas gracias por su ayuda de antemano.
RESPUESTAS-LEGEXT: Concepción buenas tardes, si tienes la oportunidad de renovar tu residencia por continuidad laboral te recomiendo que así lo hagas.
Lo anterior, ya que no es posible cambiar la razón de tu residencia, esto es, no existe el trámite cambio de residente temporal con permiso para trabajar a residente temporal por vínculo familiar.
Ahora bien, si no puedes renovar por continuidad laboral, deja que tu tarjeta migratoria venza y solicita la regularización por vinculo familiar, de esa manera obtienes la residencia temporal por vínculo familiar.
Otra manera, nada práctica, es que salgas del país, renuncies a tu actual residencia, ingreses como turista y hagas el cambio de turista a residente temporal por vínculo familiar; sin embargo, si sales de México no vas a poder ingresar como visitante- turista ya que tu nacionalidad no te lo permite.
Para platicar tu asunto, me puedes llamar al 55 50071574 WhatsApp.
manuel.verdugo@legext.com.mx
Hola que tal. Tengo una duda, a medidos de julio de este año entre a Mexico como turista con mi pareja (el es mexicano). A finales de octubre me case con el y ahora quiero iniciar los tramites de residencia temporal. el problema es que el 15 de enero del 2020 vence mi forma migratoria como turista. mi pregunta es puedo hacer mi tramite migratorio a pesar que en enero vence mi estatus como visitante, o me tocaría salir y volver a entrar a Mexico?.
RESPUESTAS-LEGEXT: Lucía buen día, el tramite que debes presentar se llama cambio de condición de estancia de visitante a residente temporal y lo tienes que hacer antes del 15 de enero, esto es, lo puedes presentar la semana que entra, antes de que el INM salga de vacaciones o en enero una vez que regresen, pero eso sí, antes del 15.
En el trámite de cambio de condición de estancia no tienes que salir de México.
Si tienes duda, llámame al 55 50071574 WhatsApp.
manuel.verdugo@legext.com.mx
Hola, buenas noches. Soy colombiano y vine a estudiar a México una maestría, la cual estoy apunto de terminar. Tengo mi estado migratorio de residente temporal estudiante y el próximo año ya haría mi tercera renovación. Tengo entendido que si vives 4 años consecutivos en México como residente temporal, puedes volverte residente permanente. Tengo deseos de quedarme definitivamente aquí, puesto que ya tengo ofertas de trabajo. Para poder aceptar un trabajo, debo cambiar mi estado migratorio con permiso de trabajo, mi pregunta es: los 3 años que llevo como residente temporal estudiante siguen contando para obtener la residencia permanente en un futuro? O al pedir permiso de trabajo tendría que volver a contar los 4 años? Mil gracias
Buen día Alejandro, en este caso hay que distinguir dos situaciones, la primera es que un estudiante no genera derechos de residencia, por lo que los años adquiridos son esa condición de estancia no cuentan para un cambio de condición de estancia, y la segunda es que un estudiante puede solicitar un permiso de trabajo, el que no le dará derechos de residencia, o bien, puede solicitar un cambio de condición de estancia a residente temporal con permiso para trabajar.
Si usted opta por la segunda opción su nueva condición de estancia le permitirá después de 4 años conseguir su residencia permanente, en el caso de la primera, continuará con su residencia de estudiante y no podrá obtener la residencia permanente, así usted permanezca muchos años en México.
Saludos.
Angel Hernández
a.hernandez@legext.com.mx
Buenos Días,
Les escribo para ver si puedan darme consejo respecto a mi tramite, introduje la documentación solicitada por el INM para el cambio de estancia por matrimonio el día 15 de Octubre, después de entrar como turista el día 11 de octubre.
He de comentar que nos casamos en Mexico el año pasado (mi esposa es Mexicana) cuando aun era residente temporal por oferta de empleo pero como comento en esta ocasión hemos entrado sin visa de unidad familiar ni de empleo para mi persona sino como turista.
Despues de quedar registrado el dia 15 de Octubre, el dia 5 de Noviembre comprobe que se actualizo mi expediente «Ha sido aginado tu tramite» que por lo que leo y entiendo significa que es cuando realmente han empezado a revisar mi expediente.
Mi pregunta o consejo es, que dado que han pasado ya los 20 dias habiles que estipula como tiempo de resolucion en el tramite si deberia de comunicarme en la oficina de Ejercito Nacional para preguntar por mi expediente o deberia de esperar algun tiempo mas adicional.
He comprobado en el hilo de comentarios de esta web que actualmente todos los tramites se estan demorando sin precedentes y en efecto en las otras ocasiones que realice tramites cuando fui residente temporal años atrasa, normalmente todo el expediente de entrada o renovacion se resolvia en una semana aproximadamente, de ahi que os pida consejo de vuestra parte.
Muchas gracias por vuestro tiempo y por la ayuda que brindais a tantas personas
Buen día, infortunadamente el INM no da información de los trámites migratorios vía telefónica, lo debe hacer de forma presencial, esa es la forma en que puede presionar la resolución de su trámite.
Espero que esta información le sea de utilidad y si tiene alguna duda puede comunicarse conmigo por Whatsapp al número 5585836236.
Saludos.
Angel Hernández
a.hernandez@legext.com.mx
Buenos Dias,Tengo la siguiente duda:Actualmente tengo una solicitud de cambio de residencia temporal de estudiante a residente temporal por oferta de empleo por una empresa. la radique el 25/07/2019 y no ha salido resolución, ahora me esta saliendo otra oportunidad para poder laborar con otra empresa con mejores condiciones?, que puedo hacer?, se puede cancelar esta solicitud y empezar una nueva solicitud de cambio de estancia con otro empresa?, o debo esperar a que me salga respues a esta ?
Agradezco su atención
Buen día Juan, si se desiste del trámite de cambio de condición de estancia y la residencia de estudiante se encuentra vencida, usted puede quedar irregular, por lo que lo recomendable es que finalice el trámite que tiene en curso actualmente y posteriormente dar aviso del cambio de lugar de trabajo.
Espero que esta información le sea de utilidad y si tiene alguna duda puede comunicarse conmigo por Whatsapp al número 5585836236.
Saludos.
Angel Hernández
a.hernandez@legext.com.mx
Buenas tardes
Quiero preguntar sobre un tramite, me case con una mexicana hace 2 semanas y soy colombiano que ingrese a México como turista, el 14 de este mes pasamos el tramite para residente temporal por vinculo familiar ante INM y pague por el estudio 1325 MXN, me dice que posterior a esto si el tramite sale positivo (primera pregunta, existe alguna posibilidad que salga negativo?) se debe pagar 4120 MXN para el plástico.
Actualmente tengo una oferta de trabajo, me pueden decir cuanto se debe pagar por el estudio de permiso laboral y el tiempo que demora; y posterior a resolución para que entreguen el plástico se debe pagar algo mas y nuevamente cuanto se demora?. Es que el tiempo es importante para que no me cancelen la oferta laboral.
Muchas gracias por su atención y quedo atento a su respuesta.
RESPUESTAS-LEGEXT: Fernando buenas tardes, el trámite de cambio de condición de estancia que iniciaste el 14 de octubre debe seguir un procedimiento, que implica establecer la veracidad respecto tu matrimonio.
Como dices, dentro del procedimiento una vez que se haya resuelto positivamente tu asunto debes pagar los derechos en cantidad de $4,148.00.
Respecto la oferta de trabajo, el permiso y el tiempo para obtener el permiso, te comento que los tramites actualmente están demorando meses, que quiero decir? que no des por hecho que vas a obtener los trámites en un tiempo establecido, eso no es posible.
Por la autorización para realizar actividades remuneradas a los Residentes Temporales $3,144.00
Si tienes dudas, llámame 50071574 WhatsApp
manuel.verdugo@legext.com.mx
Hola Manuel! Me puede ayudar? Tengo una duda, es parecida con la de Fernando arriba.
Estoy en Mexico como turista entré el 12 de noviembre, soy brasileña, voy a casarme con un mexicano por el civil en enero de 2020 y por el religioso en agosto de 2020.
Luego cuando me case por el civil en enero puedo ir al INM solicitar visa por unidad familiar? Que tipo de visa me darán?
Gracias.
Ana Lidia
RESPUESTAS-LEGEXT: Ana Lidia buenas tardes, cuando tengas el acta de matrimonio debes iniciar un trámite ante el INM que se llama cambio de condición de estancia, de visitante-turista a residente temporal. No es una visa, te corresponde una residencia temporal que te otorga derechos de tiempo, esto es, pasados dos años puedes solicitar la residencia permanente o optar por la naturalización, una visa no generar derechos.
Los pagos por concepto de derechos en el 2019, son:
• $3,125.00 por el estudio recepción, y;
• $4,146.00 por la residencia temporal por un año.
Si necesitas que te diga cómo hacerlo, me puedes llamar al 55 50071574 WhatsApp
manuel.verdugo@legext.com.mx
Buenos dias. Tengo una consulta. Soy extranjera y tengo mi residencia temporal aqui en Mexico. Mi novio entro a Mexico hace 4 meses y tambien es extranjero y solo tiene la FMM de 6 meses como turista. Ya llevamos tiempo comprometidos y queremos casarnos aqui en Mexico. Al casarnos y con mi estancia de residente temporal que estancia o visado obtendria él al casarnos?
En caso de que obtenga algun visado o estancia, cual es el tramite que debe el debe realizar y cuanto tiempo se demora?
Gracias de antemano por su pronta respuesta.
RESPUESTAS-LEGEXT: Diana buenas tardes, al casarse el no obtiene ningún visado, ya que las visas se otorgan en los Consulados.
Una vez casado, si no ha vencido su FMM, debe iniciar un trámite de cambio de condición de estancia de visitante a residente temporal, que no debería tardar más de 30 días hábiles; sin embargo, en la actualidad los trámites migratorios, todos, están tardando meses.
La recomendación?… casarse e iniciar el trámite ante el INM antes de que venza la FMM.
Para responder tus dudas, espero tu llamada al 55 50071574 WhatsApp
Buenos dias. Tengo una consulta:
Soy extranjera con residencia temporal, mi novio ingreso a Mexico hace 4 meses pero solo como turista (tiene el FMM que solo le permite estar los 6 meses). Nosotros ya tenemos tiempo comprometidos y estamos planeando casarnos aqui.
Si nos casamos que tipo de visado obtiene el? Ya que yo cuento con mi residencial temporal.
De obtener algun visado que tramite debe hacer y cuanto tiempo se demora?
Gracias de antemano!
RESPUESTAS-LEGEXT: Diana buenas tardes, al casarse el no obtiene ningún visado, ya que las visas se otorgan en los Consulados.
Una vez casado, si no ha vencido su FMM, debe iniciar un trámite de cambio de condición de estancia de visitante a residente temporal, que no debería tardar más de 30 días hábiles; sin embargo, en la actualidad los trámites migratorios, todos, están tardando meses.
La recomendación?… casarse e iniciar el trámite ante el INM antes de que venza la FMM.
Para responder tus dudas, espero tu llamada al 55 50071574 WhatsApp
Buenas tardes, una consulta. Tengo la condición de residente temporal por oferta laboral y está por vencer. Ahora quiero hacer el trámite de residente temporal por unidad familiar por haberme casado con una mexicana hace unos meses. ¿Qué posibilidades hay de que una vez teniendo la residencia temporal por vinculo familiar me den el permiso de trabajo? ¿Qué me recomiendan hacer para obtener este permiso tomando en cuenta que tengo una oferta de empleo?
Gracias.
RESPUESTAS-LEGEXT: Mario buenas tardes, te estas complicando, tienes la residencia temporal por oferta de trabajo y la oferta de trabajo que te hace otra empresa, entonces simplemente cambia de trabajo y presenta el Aviso de cambio de lugar de Trabajo. No hay necesidad de renovar por vínculo familiar, es decir, renueva por la misma razón por la que te dieron la residencia.
Por lo que hace a los avisos, te recuerdo que los avisos de cambio de estado civil y/o de cambio de lugar de trabajo lo debes hacer dentro de los 90 días posteriores al cambio,
También, debes tener en cuenta que el nuevo empleador debe tener la Constancia de Inscripción de Empleador vigente.
Me puedes llamar, 55 50071574 WhtasApp
manuel.verdugo@legext.com.mx
HOLA BUEN DÍA,
MI PAREJA ACTUAL ES EXTRANJERA, TIENE SU RESIDENCIA TEMPORAL POR 1 AÑO POR VINCULO FAMILIAR, EL AHORA ESTA SEPARADO QUIERE DIVORCIAR DE SU AUN ESPOSA QUE TRAMITE NECESITA HACER DESPUÉS DE DIVORCIADO PARA PODER CAMBIAR SU RESIDENCIA TEMPORAL Y YA NO TENER ALGUNA RELACIÓN MIGRATORIA CON SU AUN ESPOSA?, CUANTO TIEMPO TIENE QUE ESPERAR PARA SOLICITAR EL CAMBIO PARA QUE SIGA VIVIENDO EN MEXICO O PARA VOLVER A CASAR.
DESPUÉS DE DIVORCIADO PUEDEN EXPULSARLO DEL PAÍS POR NO SEGUIR CON EL VINCULO MATRIMONIAL CON EL QUE ESTA INSCRITO ANTE INM?
RESPUESTAS-LEGEXT: Buenas tardes, para que tu pareja pueda renovar su condición de estancia sin hacer valer la relación con esposa, debe :
• Divorciarse y presentar el aviso de cambio de estado civil;
• Casarse y presentar el aviso del cambio de estado civil;
Lo anterior, necesariamente, durante la vigencia de su actual tarjeta.
Por lo que hace al tiempo para que él puede volver a casarse, te comento que actualmente no existe ningún tipo de restricción al respecto y por lo menos en el Ciudad de México, puede casarse un día después de tener el acta de divorcio.
En todo caso, hay que tener mucho cuidado con los tiempos, ya que el divorcio-aviso-resolución y el matrimonio-aviso-resolución deben concretarse antes de renovar, de no ser así, no pasa nada grave, él tendría que iniciar un tramite de regularización en lugar de renovación, en donde el mayor daño es el tiempo perdido que ha ganado con su actual residencia.
Para aclarar tus dudad, me puedes llamar al 55 50071574 WhatsApp
manuel.verdugo@legext.com.mx
Buenos días, fuí residente temporal por vinculo familiar, por estar casada con un mexicano, sin embargo cuando tuve que renovar, nos separamos, y ya que no conté con su apoyo, desistí del trámite y tuve que salir del territorio por un oficio de salida, entré de nuevo al país como turista hace 4 meses) ya que además de mi relación, mi madre, hermanas y sobrinas son residentes permanentes.
Pero tengo una duda, puede uno solicitar el cambio por la misma razón de vínculo familiar?
O tendría que solicitar refugio (venezolana)
Buen día, si usted contrajo matrimonio de nueva cuenta o si cuenta con el apoyo de su anterior pareja y no se han divorciado, puede solicitar su cambio de condición de estancia a Residente Temporal.
Si desea hacer un cambio de condición de estancia por el vinculo familiar que tiene con su Madre o hermanas, no será posible ya que la ley señala que para estos casos debe ser menor de edad y para el caso de sus sobrinas, la ley no contempla ese supuesto.
Espero que esta información le sea de utilidad y si tiene alguna duda puede comunicarse conmigo por Whatsapp al número 5585836236.
Saludos.
Angel Hernández
a.hernandez@legext.com.mx
Buenas tardes quisiera saber si con mes y medio antes de que se venza la residencia tenporal por vinculo familiar puedo hacer el tramite para cambiarla a residente permanente
RESPUESTAS-LEGEXT: No se que tramite vayas a presentar, pero si es el cambio de temporal a permanente por haber pasado dos años de estar casado(a) o el cambio después de 4 años, lo debes hacer durante los 30 días anteriores al vencimiento de tu tarjeta.
Si el cambio obedece a que eres padre/madre de un mexicano lo puedes realizar en cualquier momento.
Si tienes dudas , llámame al 55 50071574 WhatsApp
Manuel Verdugo
Hola, soy Venezolana tengo residencia temporal por un año que vence el 20 Sept 2019, ingrese al país por oferta de trabajo, sin embargo ya no trabajo ahí. Para mantener mi legal estancia en el país puedo hacer solicitud para cambiar de residencia temporal por oferta de trabajo a residencia temporal por autoempleo o actividad independiente?
Gracias de antemano. Saludos.
Buen día Arelys, si usted ya no labora en la empresa, puede solicitar su inscripción ante el RFC para trabajar de forma independiente, posteriormente deberá dar aviso al INM del cambio de lugar de trabajo a independiente para por ultimo renovar su documento migratorio.
Espero que esta información le sea de utilidad y si tiene alguna duda puede comunicarse conmigo por Whatsapp al número 5585836236.
Saludos.
Angel Hernández
a.hernandez@legext.com.mx
Gracias por la respuesta,
Una duda más por favor, podré realizar el trámite de residencia permanente una vez cumplidos los 2 años con la residencia temporal que obtuve por oferta de trabajo?
RESPUESTAS-LEGEXT: No, lo dos años se cuentan a partir del aviso al INM de tu matrimonio, no a partir de los dos años con tu actual residencia por oferta de empleo, esto es, con tu actual residencia acreditas tu legal estancia en México, pero los dos años necesarios para el cambio de temporal a permanente son a partir de que te casaste y diste aviso, si te casaste y no diste aviso no puedes hacer el cambio.
Saludos
Manuel Verdugo.
Buenos días,
Le agradezco por la información.
Quisiera me resuelve una duda. Soy extranjero casado en México con una mexicana, obtuve la residencia temporal con mediante una oferta de trabajo por un año. Sin embargo, el año que viene mi esposa y yo cumpliremos 2 años de matrimonio, me gustaría saber si podré tramitar la residencia permanente por vínculo familiar aun si mi actual residencia temporal es por oferta de trabajo. Agradezco de antemano su pronta respuesta.
¡Buen día!
RESPUESTAS-LEGEXT: Beethoven buenas tardes, si puedes optar por la residencia permanente, pero pasados dos años después del aviso que hiciste al INM, esto es, la fecha que debes tener en cuenta no es la del matrimonio, es la fecha en la que el INM resolvió favorablemente el aviso de cambio de estado civil, que debiste haber presentado dentro de los 90 días posteriores al matrimonio.
Para aclarar tus dudas, me puedes llamar al 55 50071574
manuel.verdugo@legext.com.mx
Manuel Verdugo
Buenos Dias,Tengo la siguiente duda:Actualmente tengo una solicitud de cambio de residencia temporal de estudiante a residente temporal por oferta de empleo. la radique el 25/07/2019 y no ha salido resolucion , sabes cuanto tiempo se demora para que salga la resolución?, que opciones hay para agilizarlo?Agradezco su tiempo
RESPUESTAS-LEGEXT: Juan buenas tardes, actualmente la resolución de los trámites esta tardando mucho tiempo, para darte una idea en la Ciudad de México están resolviendo los asuntos presentados en marzo, abril y mayo, por lo que la recomendación es que te presentes en la oficinas en donde presentaste tu trámite y preguntes, es la única manera para que agilices tun trámite.
Para explicarte, me puedes llamar al 55 50071574 WhatsApp.
manuel.verdugo@legext.com.mx
Gracias por tu información, una duda mientras sale la resolución, se puede trabajar Legalmente en mexico?
RESPUESTAS-LEGEXT: Juan buen día, no, tienes que esperar a que salga la resolución y te cambien la tarjeta que diga “con permiso para trabajar”
Saludos
Manuel Verdugo
Buenos Dias
Tengo la siguiente duda:
Actualmente tengo una solicitud de cambio de residencia temporal de estudiante a residente temporal por oferta de empleo. la radique el 25/07/2019 y no ha salido resolucion , sabes cuanto tiempo se demora para que salga la resolución?, que opciones hay para agilizarlo?
Agradezco su tiempo
RESPUESTAS-LEGEXT: Juan buenas tardes, actualmente la resolución de los trámites esta tardando mucho tiempo, para darte una idea en la Ciudad de México están resolviendo los asuntos presentados en marzo, abril y mayo, por lo que la recomendación es que te presentes en la oficinas en donde presentaste tu trámite y preguntes, es la única manera para que agilices tun trámite.
Me puedes llamar al 55 50071574 WhatsApp.
manuel.verdugo@legext.com.mx
Hola buenas tardes, espero pueda ayudarme soy venezolana estoy en México porque mi esposo tiene residencia temporal por trabajo yo estoy haciendo las gestiones para pedir mi residencia por unión familiar, la cuestión es que mi padrastro se vino conmigo quisiera saber si a pesar de que el no aparece como mi padre en la partida de nacimiento puedo solicitar su residencia como mi familiar? El esta conmigo desde que tengo uso de razón mi madre falleció.
Buen día Francys, infortunadamente se tiene que acreditar mediante la partida de nacimiento que existe un vinculo familiar entre su padrastro y usted.
Espero que esta información le sea de utilidad y si tiene alguna duda puede comunicarse conmigo por Whatsapp al número 5585836236.
Saludos.
Angel Hernández
a.hernandez@legext.com.mx
Hola buenas tardes, soy residente temporal estudiante por estar cursando una maestría pagada por mi, no soy becaria Conacyt y mi esposo está esperando la residencia temporal por vinculo familiar. Quisiera saber que trámites puedo hacer si tengo un hijo que nacido en mexico. Gracias
Buen día Yanet, si ustedes tienen un hijo mexicano pueden solicitar un cambio de condición de estancia a residente permanente.
Espero que esta información le sea de utilidad y si tiene alguna duda puede comunicarse conmigo por Whatsapp al número 5585836236.
Saludos.
Angel Hernández
a.hernandez@legext.com.mx
Buenas Noches,
Mi pregunta esta relacinoada al cambio de residente temporal (2 años) a residente permanente por vinculo familiar. (Casado con mexicana)
Cuando mi tarjeta de residente temporal fue aprovada no me hicieron veririficacion de domicilio conyugal, sera que cuando solicite el cambio a permanente el proximo mes me visiten para verificar? Pregunto porque trabajo durante el dia (no tengo permiso de trabajo) y el que no este en casa nose si me pueda perjudicar.
Gracias por su repuesta de antemano.
RESPUESTAS-LEGEXT: Francisco buen día, regularmente hacen la visita de verificación cuando solicitas la residencia temporal y no la permanente, pero no te confíes.
Comunícate 55 50071574 WhatsApp
manuel.verdugo@legext.com.mx
Hola Lic.,
Mi esposo metió sus papeles para cambio de condición a residente temporal por unidad familiar a principios de junio de este año (2019). Ya pasaron dos meses y el trámite sigue sin resolución. Por lo que leo en comentarios previos, están demorando mucho. Mi pregunta es si a pesar de que ya se vencieron sus días permitidos de estancia como turista ¿él puede tomar aviones internos para al menos distraerse un poco en lo que obtiene el cambio y podamos viajar fuera del país? ¿Qué documento probatorio le podrían pedir en el aeropuerto además del pasaporte?
Es muy frustrante la demora.
Agradezco de antemano su respuesta.
Buen día Diana, mientras el trámite se encuentre pendiente de resolución no queda como irregular en México.
Ahora bien, pueden viajar dentro del país acreditando que tiene un trámite por resolverse con el acuse que le otorgaron en el INM al ingresar su trámite.
Espero que esta información le sea de utilidad y si tiene alguna duda puede comunicarse conmigo por Whatsapp al número 5585836236.
Saludos.
Angel Hernández
a.hernandez@legext.com.mx
Hola…gracias de antemano…soy residente x contrato de trabajo…mi residencia temporal se vence en 20 días…..yo me acabo de cazar con mexicana mi pregunta es si puedo hacer un cambio de condición de residente temporal x contrato de trabajo a residente temporal x vinculo
Buen día Eduardo, la ley de migración no permite ese tipo de cambios ya que si usted obtuvo su residencia por oferta de empleo, debe conservar el motivo que le dio origen a la residencia para poder renovar su condición de estancia.
Ahora bien, la forma que tiene de obtener la residencia temporal por unidad familiar es quedando irregular y solicitando posteriormente una regularización migratoria por estar casado con mexicana y posteriormente solicitar su permiso de trabajo, ya que la residencia temporal obtenida por unidad familiar no le otorga el permiso para trabajar.
Saludos.
Angel Hernández
a.hernandez@legext.com.mx
Hola, quisiera saber cuanto tiempo tarda aproximadamente el tramite de cambio de estancia a residente temporal por unión familiar? Gracias
RESPUESTAS-LEGEXT: Laura, según los Lineamientos para Tramites y Procedimientos Migratorios es un tramite de 20 días, pero puede llegar a tardar 2 meses o más.
Comunícate 55 50071574 WhatsApp
manuel.verdugo@legext.com.mx
Obtén tu Permiso de Salida y Regreso
https://www.legext.com.mx/permisos-de-salida-y-regreso/
Buenos días: Agradecerle las respuestas a nuestras consultas.
Soy una persona extranjera que obtuvo la condición de estancia de residente temporal por matrimonio (efectuado en el país de origen: CUBA) este vínculo subsiste y el tiempo transcurrido corresponde a los tres años anteriores a la solicitud; .Pretendo realizar el trámite ante el INM Cambio a residente permanente por vínculo familiar. El acta de matrimonio original y copia que debo presentar ante el INM
1. ¿Qué requisitos debe cumplir esta acta de matrimonio?
2. ¿Esta acta de matrimonio tiene Periodo de vigencia a Presentar?
Muchas Gracias de antemano por su repuesta.
RESPUESTAS-LEGEXT: Hola Gliset, el acta de matrimonio que necesitas es la que se utilizó para gestionar tu actual residencia, esto es, no es el acta de matrimonio cubana, es el acta que se abstuvo en México cuando se registró el matrimonio realizado en Cuba, de preferencia presenta un acta reciente, puedes presentar una que no sea reciente, pero no le veo problema en solicitar al Registro Civil un acta con fecha de expedición vigente.
Te comento, que el cambio de residencia de temporal a permanente lo pudiste haber obtenido a partir del segundo año.
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Obtén tu Permiso de Salida y Regreso
https://www.legext.com.mx/permisos-de-salida-y-regreso/
Hola buenas tardes. De antemano le agradezco inmensamente su ayuda.
Mi consulta es la siguiente.
Soy ciudadano cubano que ingrese a territorio mexicano por reclamación de unidad familiar de mi esposa que es ciudadana mexicana natural. El 22 de este mes de Julio que está corriendo dígase 22 de Julio del 2019, inicie el trámite del canje para solicitud de residencia temporal el cual permanece registrado aún sin saber si ya está aprobado. Resulta que mi esposa me presenta una demanda de divorcio y necesito saber: pude ser revocada mi condición de residente una vez aprobada porque el vínculo familiar por el cual se solicitó la regulación de estatus está roto?
En caso afirmativo: hay algo que pueda hacer al respecto para no perder mi legal estancia como residente temporal?
Gracias.
Buenas tardes.
Buen día Abel, si usted está por divorciarse, no le pueden quitar su condición de estancia, sin embargo, al momento de renovar su documento migratorio, tendrá que demostrar que mantiene el vinculo familiar.
Espero que esta información le sea de utilidad y si tiene alguna duda puede comunicarse conmigo por Whatsapp al número 5585836236.
Saludos.
Angel Hernández
a.hernandez@legext.com.mx
Buen día, quisiera consultar si es posible cambiar la condición de residente temporal por unidad familiar a residente temporal con permiso de trabajo (teniendo en cuenta que hay una propuesta de trabajo vigente) y como sería el proceso o que se necesita. Gracias!
Buen día Andrea, como tal un cambio de condición de estancia no es posible, lo que debe hacer es conservar su residencia por unidad familiar y solicitar un permiso de trabajo, para el cual es necesario que la empresa que le oferta el empleo se encuentre inscrita ante el INM como empleador de extranjeros.
Espero que esta información le sea de utilidad y si tiene alguna duda puede comunicarse conmigo por Whatsapp al número 5585836236.
Saludos.
Angel Hernández
a.hernandez@legext.com.mx
Hola buenas tardes, mi consulta es la siguiente: soy argentino y llegue a México en febrero de este año y desde entonces estoy conviviendo con mi pareja que es mexicana. Es posible obtener mi residencia temporal por unión familiar por concubinato o cuales serían mis opciones para poder residir dado que aun tengo residencia por turismo. Muchas gracias de antemano por su respuesta.
RESPUESTAS-LEGEXT: Javier buenas tardes, el concubinato requiere de más tiempo para acreditarse, por ejemplo en la CDMX necesitas 2 años, en Jalisco 5 y en el EDOMEX solo uno.
la opción que tienes es casarte.
Comunícate 55 50071574 WhatsApp
manuel.verdugo@legext.com.mx
Obtén tu Permiso de Salida y Regreso
https://www.legext.com.mx/permisos-de-salida-y-regreso/
Buenos dias doctor mi pregunta es: soy colombiana y llevo 16 meses viviendo en mexico con mi pareja ya hace 3 meses nos casamos y hace una semana iniciamos el tramite de regularizacion ya que mi permiso de estancia era por seis meses y nunca lo renove ,el que este vencido representa algun riesgo para mi resolucion ?
Cuanto tarda en salir dicha resolucion y cual es el valor total del cambio de estancia por vinculo familiar?
De antemanl agradezco su respuesta.
RESPUESTAS-LEGEXT: Dora buenas noches, no representa riesgo, solo tendrás que pagar una multa que va de 20 a 40 días de salario mínimo, es decir, entre $2,053.60 y $4,107.20; lo anterior, teniendo en cuenta que el SMGM es de $102.68.00. No obstante lo anterior, regularmente el INM fija la multa en la cantidad mínima.
Por lo que hace al tiempo de respuesta, a la fecha todos los trámites están tardando muchísimo tiempo. Además de la multa, tendrás que pagar los derechos que corresponden a la residencia que estas solicitando en cantidad de $4,148.00.
Si hay duda, comunícate 55 50071574 WhatsApp
manuel.verdugo@legext.com.mx
Buenas tardes, en dias pasados me casé en la ciudad de mexico, matrimonio entre dos chicas puesto que en el estado de culiacan no está aprobado el matrimonio entre parejas del mismo sexo. Mi pareja es extranjera y despues del casamiento nos regresamos a Culiacán. Mis preguntas:
Puede ella cambiar de visitante a residente temporal por vinculo en el INM de Culiacan o tiene que ser en el INM de CDMX teniendo en cuenta que el acta de matrimonio tiene una dirección de domicilio en ciudad de mexico?
Me gustaría saber que tiempo aproximado debe demorar el cambio de estatus a residente temporal teniendo en cuenta que segun dicen, en los estados el tramite corre mas rapido que en la capital.??
Debe mi esposa mexicana acudir conmigo ante el INM a solicitar el cambio de visitante a residente temporal??
Puedo solicitar el permiso de trabajo sin tener una oferta laboral vigente, y si o hago antes o despues de tener la residencia temporal.
Muchas gracias de antemano por sus servicios
RESPUESTAS-LEGEXT: Yamila buenas noches, tu pareja puede solicitar su legal estancia en México (Culiacán) sin importar si se casaron en la CDMX.
Los trámites no es que demoren más en los Estados, simplemente duran lo que tardan en resolverse, aquí o allá, y mucho depende en como se presenten, esto es, si se presentan completos tardan menos.
El trámite de residencia en México por el que preguntas, como tal, no requiere tu presencia física; en todo caso, se trata es un procedimiento que por supuesto requiere escritos en donde ella y tu firmen y manifiesten bajo protesta de decir verdad lo que se solicita, en el entendido de que el trámite no lo pides tú, es ella quien lo tramita.
El permiso de trabajo se solicita después de haber obtenido la residencia.
Si hay duda:
Comunícate 55 50071574 WhatsApp
manuel.verdugo@legext.com.mx
Manuel Verdugo
Buenas tarde lic.me podria ayudar con el siguiente caso mi esposa es cubana naturalizada desde2009 , pedio la reunificacion familiar del niño y mia al niño que tiene 10 años el niño nacio despues de obtenerla le dieron la permanente y a mi la temporal ya voy para 2 años y estoy en proceso de renovacion a la permanente desde el 6 de junio me digeron que en 20dias pero no me han abisado que tiempo demora. Me digeron que mi esposa podia adjudicar al niño a la naturalizacio si es asi que se debe hacer ,muchas gracias por su ayuda
Buen día Arniel, actualmente los trámites migratorios están tardando más de 1 o 2 meses en resolverse, por lo que lo más recomendable es que presione para su resolución acudiendo a la delegación del INM en donde lo presentó.
Ahora bien, las naturalizaciones no se pueden adjudicar, en todo caso el, si tiene 2 años de legal estancia puede solicitarla a través de su mamá.
Espero que esta información le sea de utilidad y si tiene alguna duda puede comunicarse conmigo por Whatsapp al número 5585836236.
Saludos.
Angel Hernández
a.hernandez@legext.com.mx
Hola, buenas tardes. Mi consulta es la siguiente: llevo 3 años con mi pareja, él es Argentino con residencia permanente, yo tengo visa de turista (no está vencida) y planeamos casarnos.
Qué tipo de visado obtengo al casarme
En caso de obtener alguna cuál es el trámite que debo realizar y cuánto tiempo demora?
Muchas gracias por la ayuda
Saludos
Zulma buenos días, al casarte con un extranjero que mantiene una legal estancia como residente permanente tu tienes derecho a solicitar el cambio de residencia de visitante/turista a residente temporal.
El trámite que debes iniciar después de casarte y antes de que venzan tus 180 días es el de cambio de condición de estancia, en donde el documento más importante lo es el acta de matrimonio y es un tramite que no debería de tardar más de 30 días hábiles; sin embargo puede llegar a tardar meses.
Si presentas tu cambio de condición de estancia después de los 180 días, el tramite ya no se llama CAMBIO y sería una REGULARIZACIÓN.
Me puedes llamar al 55 50071574 WhatsApp
Manuel Verdugo
Obtén tu Permiso de Salida y Regreso
https://www.legext.com.mx/permisos-de-salida-y-regreso/
Hola buenas tardes, inicie mi tramite de cambio de residente temporal de estudiante a residente temporal por permiso de trabajo, ya ingrese mis documentos en migración desde el 4 de abril y todavia no está, solo me dijeron con mi NUT que ya tiene una resolución positiva pero que debo esperar a que sea firmado por unos directores y que en mi correo debe aparecer cuando este listo. ¿Cuánto tiempo aproximadamente debería esperar a que este listo el documento? pues ya van casi dos meses y debo empezar a trabajar.
RESPUESTAS-LEGEXT: Manuela buenas tardes, actualmente la resolución definitiva de los trámites migratorios esta tardando mucho tiempo, por lo que decirle cuánto tiempo más va a tardar su trámite no es posible; la recomendación es que acuda a la oficina en donde presentó su cambio y siga preguntando, lo que si le puedo decir es que su trámite ya esta en la etapa final, ello por lo que le dicen “una resolución positiva pero que debo esperar a que sea firmado por unos directores”
Me puede llamar al 55 50071574 WhatsApp
Saludos
Manuel Verdugo
Hace algunos días yo como mexicana contraje matrimonió con una venezolana; por medio de un representante se ingresaron los documentos para el cambio de situación migratoria ante el INM, al finalizar este trámite, mencionado representante nos hizo entrega de una hoja en la que en su parte superior derecha dice comprobante de registro de solicitud; ahora bien, este mismo documento en su parte superior izquierda hay una parte en la que dice “RESPONSABLE” en donde viene el nombre de una persona cuya identidad desconocemos, al ser un trámite que ignoramos y por el hecho de estar pagando a esta persona para que nos lo realice, considero que tenemos el derecho de planearle todas las dudas que se nos presente tanto a mí como a mi esposa, así como él tener la obligación de resolverlas, mas sin embargo no ha sido el caso y hemos decidido destituirlo del procedimiento. Entonces mis dudas son las siguientes:
¿Puedo acudir al INM y destituirlo como representante, así como cambiar el correo electrónico que se proporciono previamente para efecto de recibir notificaciones?
¿Hay algún problema si la tarjeta de visitante de mi esposa ya esta vencida?
¿En cuánto tiempo aproximadamente le entregan su temporal?
¿Hay algún trámite intermedio entre el ingreso de los documentos y la entrega de su temporal?
Agradezco el espacio proporcionado y quedo al pendiente de sus comentarios. Saludos
RESPUESTAS-LEGEXT: Sara buenos días, respondo tus preguntas seguido de cada una de ellas:
¿Puedo acudir al INM y destituirlo como representante, así como cambiar el correo electrónico que se proporciono previamente para efecto de recibir notificaciones?
R. en el entendido de que la persona que mencionas es el funcionario del INM encargado de resolver el trámite, no es posible “destituirlo” y no solamente no pues cambiar el correo electrónico señalado al principio, no puedes cambiar “nada”, esto es, si por error señalaste un tres y es un 8, no lo puedes cambiar, a menos que te desistas del trámite e inicies uno nuevo.
Ahora bien, si te refieres a una persona a la que le estas pagando para que te represente ante el INM y esa persona no responde tus dudas, pues entonces destitúyelo; pero que quede claro, lo que pagas al INM son derechos, no le estas pagando a una persona en particular.
¿Hay algún problema si la tarjeta de visitante de mi esposa ya esta vencida?
R. entiendo que el cambio de condición de visitante a residente temporal se presentó dentro de los 180 días de la vigencia de la tarjeta como visitante, entonces no hay problema si a la fecha la tarjeta venció, ya que ese vencimiento se dio una vez presentada la solicitud.
¿En cuánto tiempo aproximadamente le entregan su temporal?
R. se supone que debería de ser un trámite de no mas de 20 días hábiles, pero la realidad es que tarda mucho más, no menos de 45 días hábiles.
¿Hay algún trámite intermedio entre el ingreso de los documentos y la entrega de su temporal?
R. Si, el INM pude citar a tu Esposa para una entrevista o realizar una visita de verificación del domicilio conyugal señalado en la solicitud..etc.
Para platicar tu asunto me puedes llamar al (55) 50071574. WhatsApp Gracias
Manuel Verdugo
Hola , mi nombre es Raudel , me gustaría hacerle una consulta , solicite mi cambio de estancia a residente permanente el 13 de diciembre del 2018 y aún no me ha llegado , he ido en varias ocasiones al INM ,y no me dan una respuesta , lo único q me dicen es q tengo q seguir el trámite por Internet , mi pregunta es la siguiente , es normal q el trámite demore tanto , y si no es asi q debo de hacer?? , a quien me debo de dirigir ??? Por favor espero q me pueda ayudar .Gracias.
RESPUESTAS-LEGEXT: Raudel buenas noches, no debería tardar tanto pero tampoco es un problema, en todo caso puedes dirigirte a la oficina en donde presentaste el trámite y preguntar, fíjate en la parte superior izquierda de la hoja que te dieron cuando ingresaste el trámite, en donde está el NUT, ahí aparece el nombre del responsable.
Saludos
Manuel Verdugo
Hola buenas tarddes .. queria saber si alguien tiene una idea como hacer la carta para presentar a inm. Yo estoy casado recientemente pero me piden una carta para presentar en ibn
RESPUESTAS-LEGEXT: Sergio buenas noches, desconozco que tipo de tramite vas a presentar, puede ser un cambio de condición o una regularización, por favor llámeme para que me digas de que se trata, mi cel es 55 50071574.
Saludos
Manuel Verdugo
Hola, gracias de antemano.
Le comento que soy ciudadana cubana y me encuentro en Mexico con visa de turismo, la cual se vence en los proximos dias, me gustaria saber si existe la manera de poder regularizarme en el pais sin tener que regresar a Cuba. Saludos.
Buen día Matilde, la forma de obtener una condición de estancia de residente temporal sin tener que salir de México es únicamente por unidad familiar, es decir que tenga vinculo conyugal con mexicano o persona extranjera con legal estancia en México, o bien, que tenga un hijo mexicano.
Espero que esta información le sea de utilidad y si tiene alguna duda puede comunicarse conmigo por Whatsapp al número 5585836236.
Saludos.
Angel Hernández
a.hernandez@legext.com.mx
Hola soy Carlos, mi residencia con permiso de trabajo venció y actualmente estoy en el proceso de regularizarme. Mi esposa e hijo vinieron como residentes temporales por vínculo familiar, ella ya cambió la residencia a permiso de trabajo. ¿Cuando ellos tengan que renovar es necesario que yo ya cuente con residencia?
Gracias y saludos
Buen día Carlos, como bien lo distingue, si no está vigente su documento migratorio, el de su esposa e hijo no podrá renovarse.
Espero que esta información le sea de utilidad y si tiene alguna duda puede comunicarse conmigo por Whatsapp al número 5585836236.
Saludos.
Angel Hernández
a.hernandez@legext.com.mx
Buenas tardes
Soy Cristóbal Vega y mi empresa esta debidamente registrada para contratar extranjeros. El pasado 18 de enero de 2019 ingresé una solicitud de visa por oferta de empleo en la Delegación de la CDMX por que estoy interesado en contratar a una persona de nacionalidad Argentina, sin embargo, estamos a 14 de marzo y no me han notificado nada y al consultar el estatus con el usuario que me envió el INM me dice que esta pendiente de resolución.
¿Saben que esta pasando con el INM?
¿Por que esta tardando tanto?
¿Que se puede hacer para agilizar?
RESPUESTAS-LEGEXT: Cristóbal buenas tardes, los trámites ante el INM de la CDMX siempre han demorado más de lo que indican su lineamientos, a la fecha están resolviendo y notificando asuntos presentados en noviembre y diciembre del año pasado.
Mi recomendación, y es lo que yo hago, es que todos los días te presentes en el INM a preguntar.
Si tienes dudas, llámame al 55 50071574
Saludos
Manuel Verdugo
Hola,
Tengo permiso de residente temporal estudiante y voy a empezar a trabajar. Mi duda es si debo solicitar primero el cambio de residente temporal estudiante a residente temporal, y después obtener permiso para trabajar, o al revés.
Gracias
RESPUESTAS-LEGEXT: María Rosario buenas tardes, el tramite que debes iniciar es el del permiso de trabajo a propósito de la oferta de empleo que te haga un empleador, esto es, el permiso se solicita antes de empezar a trabajar.
Si tienes alguna pregunta me puedes llamar o contactar vía WhatsApp al 55 50071574.
Saludos
Manuel Verdugo
Soy mexicano por naturalización y recién me dieron la residencia permanente para mí hija cubana ella tiene actualmente visa de turismo por 10 años y mi pregunta en concreto es : obligatoriamente tiene que ir al consulado de México en Cuba previa cita en la página web o puede sacar pasaje y venir a México para oficializar ante el INM, su residencia permanente por vínculo familiar.
RESPUESTAS-LEGEXT: Julo buen día, si solicitaste la residencia permanente para tu hija desde México, el trámite ordena que se lleve a cabo la entrevista Consular… y derivado de la entrevista le van a estampar en el pasaporte la visa correspondiente, misma que llegando a México podrá canjear por la tarjeta de residencia permanente.
Saludos
Manuel Verdugo
Hola, soy española y adquirí mi residencia temporal con permiso de trabajo en abril de 2016. Ya renove dos veces (2017 y 2018). Este abril (2019) vuelve a caducar pero lo que no se es si ya puedo solicitar la permanente. Espero y me pueda aclarar mi duda. Gracias y un saludo!
RESPUESTAS-LEGEXT: Loida buen día, la residencia permanente la podrás solicitar después de la 4ta renovación.
Lo que puedes hacer después de renovar en abril, es solicitar la Carta de Naturalización, que pudiste haberlo hecho desde el año pasado cuando renovaste por segunda vez, ya que las personas nacidas em España se pueden naturalizar pasados dos años de haber mantenido una legal estancia en México con la residencia temporal.
No omito señalar, que solicitar la naturalización no implica renunciar a tu nacionalidad de origen.
Me puedes llamar al 0155 50071574.
Saludos
Manuel Verdugo
Hola:
Soy cubano, tengo visa de turismo para México por 10 años. Y tengo además una oferta de trabajo en México. Por favor, ¿podrían comentarme cuáles trámites posibilitarían que obtenga un permiso de trabajo?. ¿Puedo optar por una residencia temporal?.
Saludos cordiales.
RESPUESTAS-LEGEXT: Juan Alberto buenas tardes, ya que tu visa como visitante por 10 años no te permite trabajar, tienes que solicitar el permiso correspondiente, en el entendido de que quien te haga la oferta de trabajo debe tener el registro ante el INM para contratar extranjeros, lo que se conoce como Constancia de Inscripción de Empleador.
Lo anterior, no te da la opción de tener la residencia temporal, solo te permite trabajar.
Para obtener la residencia temporal, debes pedirle a quien te hace la oferta de empleo inicie ante el INM un trámite en donde solicite la visa de trabajo para ti, una vez aprobada la entrevista Consular debes salir de México y cuando lo hagas renunciar a tu actual estancia en México, es decir, como visitante.
Hecho lo anterior, cuando ingreses a México con la visa de trabajo estampada en tu pasaporte podrás canjear la forma migratoria (FMM) que te dan a la entrada por la tarjeta de residente temporal.
Para contestar tus dudas, por favor márcame al 01 55 50071574.
Obtén tu Permiso para Trabajar en México
Saludos
Manuel Verdugo
HOLA BUENAS TARDES, QUISIERA SABER MAS DE MI SITUACIÓN MIGRATORIA SOY EXTRANJERA Y ME CASE HACE MAS DE UN AÑO LO CUAL TENGO MI RESIDENCIA TEMPORAL Y YA LA ESTOY RENOVANDO POR OTRO AÑO MAS Y YA ME VAN A CONTRATAR UNA EMPRESA QUE ESTÁN DADOS DE ALTA ANTE MIGRACIÓN PERO MI PREGUNTA ES QUE PODRÍA HACER SI MI ESPOSO Y YO HEMOS DECIDIDO DIVORCIARNOS EN ESTE AÑO QUE PUEDO HACER PARA OBTENER UNA ESTANCIA PERMANENTE
TENDRÍA QUE CASARME OTRA VEZ? CON ALGUIEN DIFERENTE Y PASAR NUEVAMENTE LOS PAPELES POR VINCULO FAMILIAR O SOLO POR TENER PERMISO DE TRABAJO SE PODRÍA HACER ALGO
Buen día, solo puede acceder a la residencia permanente si cuenta con 2 años de legal estancia como residente temporal, sin embargo para esto es necesario que usted continúe casada ya que el INM puede solicitar que su esposo comparezca, o bien, puede haver suna visita a su domicilio.
Las leyes migratorias señalan que el extranjero debe renovar por el motivo por el que ingresó a México o por el que obtuvo su legal estancia, siendo en su caso, por lo que entiendo, por estar casada.
Infortunadamente, si usted obtiene el permiso de trabajo no puede renovar ya que no es el motivo por el motivo por el que obtuvo su legal estancia.
Obtén tu Permiso para Trabajar en México
Saludos.
Angel Hernández
a.hernandez@legext.com.mx
hola buenas tardes mi nombre es mariana, soy colombiana y estoy casada con un mexicano estamos separados ya dos años no he tramitado el divorcio y tengo mi residencia por vinculo familiar mi duda es la puedo cambiar a temporal o permanente ??
Buen día Mariana, si, puede solicitar su cambio de condición de estancia, sin embargo, puede ser que el INM haga una visita de verificación a su domicilio o cite a su esposo y a usted a comparecer ante el INM.
Obtén tu Permiso para Trabajar en México
Saludos.
Angel Hernández
a.hernandez@legext.com.mx
Buenas noches.
Disculpe cuanto tiempo tarda el tramite completo de cambio de residencia temporal a permanente por vinculo familiar?. Mi esposo metió su tramite el día 02 de octubre 2018 (2 dias antes de vencer su estancia), el tramite fue enviado a la oficina el 22 de octubre 2018 y desde ahí ya no ha habido ningún cambio, no ha llegado ningún oficio. Ya fuimos a preguntar al INM el día 22 de noviembre y nos indicaron que esperáramos 10 días hábiles mas. Pero ya estamos en Enero y nada.
Espero pueda orientarnos, muchas gracias.
Buen día, agradecemos su visita a nuestro sitio web, así como la confianza depositada en nosotros al consultarnos.
Por lo que hace a su consulta, le comento que el tiempo de resolución según la normativa migratoria mexicana vigente es de 20 días hábiles, sin embargo, el tiempo de resolución puede ser mayor debido a la carga de trabajo que tenga el INM.
Lo más conveniente es que le dé continuidad en la delegación del INM que le corresponde, o bien, envíe un correo electronico al encargado de dicha delegación con copia al Órgano Interno de Control del INM.
Espero que esta información le sea de utilidad y si tiene alguna duda que considere debe hablarse, no dude en comunicarse conmigo vía Whatsapp al número 5585836236.
Ahora bien, si desea que apoyemos con el seguimiento a su trámite, no dude en contactarme.
Obtén tu Permiso para Trabajar en México
Saludos.
Angel Hernández
a.hernandez@legext.com.mx
Hola
El motivo de mi consulta es que vine a México como turista, yo soy cubano pero deseo obtener la residencia temporal y posteriormente la permanente pero no cuento con oferta de trabajo ni vínculo familiar, que puedo hacer en este caso para legalizar mi situación, aún tengo vigente mi permiso de turista.
Buen día, infortunadamente, debe conseguir una oferta de empleo o un vinculo con una persona mexicana o tener hijos mexicanos, de otra suerte no es posible regularizar su situación migratoria.
Obtén tu Permiso para Trabajar en México
Saludos.
Angel Hernández
a.hernandez@legext.com.mx
Buena tarde, le comento que tengo residencia temporal de estudiante(se vence en junio/2019), mi deseo es cambiar mi situacion migratoria a trabajador, es complicado conseguir empleo en alguna empresa por lo tardado del tramite, por lo que un amigo que tiene un taller mecánico me hara la contratación, yo soy ing. mecánico, la cuestion es, ¿puedo acceder al permiso de trabajo aun si la contratación que se me hara es diferente a lo que estudie? si de ser positiva la respuesta. ¿puedo cambiar de empleo cuando ya tenga se haya emitido el cambio de situación migratoria?
Le agradesco su tiempo y comprensión. ¡Saludos!
Buen día Jorge, como usted lo distingue, es necesario que su amigo esté inscrito como empleador ante el INM.
Para que el lo pueda contratar debe existir un puesto afín a lo que usted estudió y posteriormente puede cambiar de lugar de trabajo.
Obtén tu Permiso para Trabajar en México
Saludos.
Angel Hernández
a.hernandez@legext.com.mx
Soy colombiana entre a México como turista bine a casarme con mi novia en matrimonio igualitario, deseo saber si despues del matrimonio se inició el papeleo para cambiar a residencia temporal igualmente para solicitar permiso de trabajo y si puedo salir de visita a mi país de origen
RESPUESTAS-LEGEXT:Doris buen día, después de casarte y antes de solicitar un permiso para trabajar necesitas tramitar tu residencia en México, es decir, hacer el cambio de condición de estancia de visitante-turista a residente temporal, una vez obtenida tu residencia, entonces ya puedes considerar el tema trabajo.
En tu caso hay dos opciones de permiso para trabajar, la primera por la oferta de trabajo que te haga un empleador en México y la otra es el permiso de trabajo en la modalidad de autoempleo.
Por lo demás, tu siempre vas a poder salir de México, en todo caso lo ideal es que lo hagas cuando hayas tramitado tu residencia.
Obtén tu Permiso para Trabajar en México
Si tienes dudas, llámeme al 0155 50071574.
Manuel Verdugo
Buenas Noches… Mi esposo está por hacer si trámite de cambio de condición a permanente por tener hijo Mexicano… Hoy q fuimos nos pidieron pasaporte de mi bebé (quien apenas tiene 2 meses) … Eso es posible?? Y para poder sacar su pasaporte me piden una constancia médica porq no es válida su acta de nacimiento … (Hay algún machote para darme una idea de la constancia médica??)))
Buen día Maggi, agradecemos su visita a nuestro sitio web, así como la confianza depositada en nosotros al consultarnos.
Por lo que hace a su consulta, le comento que si es posible que le soliciten el pasaporte de su hijo ya que por su edad es la unica forma de identificación oficial con que puede contar, a diferencia de los mayores de edad que se pueden identificar con su INE o en el caso de los hombres con su cartilla de servicio militar.
No existe un machote para la constancia médica, le sugiero que acuda al hospital en el que nació su hijo para que le proporcionen la constancia médica.
Obtén tu Permiso para Trabajar en México
Saludos.
Angel Hernández
a.hernandez@legext.com.mx
Buenas tardes, tengo un conocido que llego a México con una visa de turista, pero estando aca se entera que ya no puede regresar a su pais por problemas políticos (nicaragua) puede hacer un cambio de condición de estancia ante el inm? o tiene que solicitar a fuerza que se le reconozca la condición como refugiado o protección complementaria
RESPUESTAS-LEGEXT: Rodolfo buen día, su amigo puede hacer varias cosas, casarse o conseguir un trabajo que le permitan cambiar de condición de estancia, pero la más segura es que haga valer su calidad de refugiado; incluso, puede ir directamente a la Comisión Nacional de Ayuda a Refugiados (COMAR)
Obtén tu Permiso para Trabajar en México
Saludos
Manuel Verdugo
Hola soy mexicano y el mes pasado me casé con una colombiana aquí en México, quiero saber si ella puede tramitar el cambio de visitante a residente permamente o primero debe cambiar a residente temporal y que probabilidad hay de que se le niegue alguna de estas dos
Felicidades por su blog
Buen día Alan, lo que debe hacer es solicitar su cambio a residente temporal y pasados 2 años a residente permanente.
La posibilidad de que le nieguen el cambio de condición de estancia va a depender de lo que sea presentado al inicio, lo que suceda en el transcurso del procedimiento y del seguimiento que se le de a dicho cambio de condición de estancia.
Si desea una respuesta detallada, tiene un costo de $300.00, por lo que le pido me indique a este correo si está interesado.
Ahora bien, si desea que nosotros realicemos los trámites necesarios para obtener el cambio de condición de estancia de su esposa, háganoslo saber para cotizarle nuestros servicios, en el entendido que lo pagado por la respuesta detallada a su consulta sería descontado.
Saludos.
Angel Hernández.
Hola buenas tardes tengo una duda, soy Venezolana me case con mi novio Mexicano y mi forma migratoria tiene 6 meses vencida. es necesario salir del pais y regresar para poder regularizarme? o tengo otras opciones? esperando su pronta respuesta, gracias.
RESPUESTAS-LEGEXT: Martha buenas tardes, en el trámite de regularización por vínculo familiar, no es necesario salir del país, el tramite lo inicia estando en México y así lo termina.
Si lo desea contácteme al 01 55 5007 1574 o al celular (444) 3278757.
Saludos
Manuel Verdugo
Hola buen dia.
Me gustaría una asesoría con el tema que presento.
Soy ciudadano cubano, con residencia temporal desde hace un año y medio, otorgada por oferta de trabajo.
Estoy casado con una mujer cubana que entró al país como visitante, y solicitó su residencia temporal debido al vínculo familiar conmigo, ella tiene su permiso de trabajo y su residencia temporal en orden.
La problemática es como divorciarme de ella, y aun asi que ella no pierda su residencia.
Yo se que no se debe cambiar la condición original por la cual se brinda la residencia temporal. pero.. hay alguna forma de solicitar nuevamente en su caso la residencia, esta vez por permiso de trabajo? como si fuese desde cero?
Conoce alguna otra «vía» de traer a otra persona que no sea a traves de matrimonio y de esta forma evitar el proceso de divorcio??
Gracias de antemano y buen día.
RESPUESTAS-LEGEXT:Amet buen día, atendiendo a tu consulta y a lo platicado, la Carta de Naturalización cuando se solicita haciendo valer que el extranjero es nacido en un país latinoamericano pide como requisito de tiempo, haber vivido en México con una residencia temporal o permanente por dos años.
Atendiendo a la fechas que señalas, cumplen en México los dos años, tú el 8 de febrero de 2019 y ella según entiendo el 24 de julio del 2019, en el entendido de que los 6 meses como visitante no cuentan para el computo de los dos años.
Para presentar el tramite de naturalización es necesario que la tarjeta de residencia tenga por lo menos 6 meses de vigencia al momento de solicitarla, lo que implica que una vez que cumplas los dos años deberás renovar tu residencia temporal por un año más.
Además de lo anterior, debes tener en cuenta los requisitos que a continuación señalo:
• Pasaporte vigente completo;
• Original de la tarjeta migratoria y en su caso copias de tarjetas anteriores, para acreditar que han mantenido una legal estancia en México por 2 años;
• CURP;
• Acta de Nacimiento Legalizada;
• Constancia de no antecedentes penales a nivel federal y local;
• No haber salido de México por más de 180 días a la fecha de presentación de la solicitud;
• Saber hablar español y presentar un examen;
• Dos fotografías recientes a color, tamaño pasaporte (4.5 x 3.5 cms), con fondo blanco, de frente, sin anteojos, cabeza descubierta;
• Pago de derechos en cantidad de $5,020.00.
Notas:
i) Todos los escritos y formatos son elaborados por nosotros;
ii) Para la constancia de no antecedentes penales federal y local, nosotros la tramitamos;
iii) La SRE emite la Carta de Naturalización en no más de 6 meses.
Quedo pendiente de tus comentarios.
Manuel Verdugo
BUENAS TARDES MI HIJO TIENE EL PERMISO DE DEPENDIENTE ECONOMICO MIO PERO SU PAPA YA OBTUVO LA NACIONALIDAD MEXICANA Y QUEREMOS SOLICITARLE EL PERMISO PERMANENTE ATRAVES DE SUS PAPA ME PODRIAN INDICAR LOS PASOS A SEGUIR
RESPUESTAS-LEGEXT: Hola María Eugenia, para responderle le pido me proporcione mayores datos, ya que al parecer su hijo puede solicitar la nacionalidad por naturalización, por favor indíqueme:
• Hace cuánto tiempo su Esposo es mexicano por naturalización?
• Qué edad tiene su hijo?
• Entiendo que su hijo tiene la residencia temporal, desde hace cuánto tiempo es residente temporal?
• Usted también mantiene una residencia temporal, desde hace cuánto tiempo?
• Cuál es la nacionalidad de Usted y su hijo?
Redactamos tus escritos de cumplimiento, entérate:
Elaboración de Escritos
Saludos
Manuel Verdugo
Buen dia soy residente temporal por oferta de trabajo mi hijo llego en enero tiene 23 años su estatus es turista y fue aceptado en una universidad aca y becado, pero aun es turista, ya tiene la validacion de notas y titulo de bachiller en mexico, como puedo legalizar su proceso por favor su orientacion
Mónica, buen día, agradecemos su visita a nuestro sitio web, así como la confianza depositada en nosotros al consultarnos.
Por lo que hace a su consulta, le comento que la forma en que su hijo puede obtener una legal estancia en México como estudiante se realiza en cualquier consulado de México en el extranjero, este tipo de trámites no se llevan a cabo en México.
Espero que esta información le sea de utilidad y si tiene alguna duda que considere debe hablarse, no dude en comunicarse conmigo vía telefónica o por Whatsapp al número 5585836236.
Redactamos tus escritos de cumplimiento, entérate:
Elaboración de Escritos
Saludos.
Angel Hernández
Hola,quisiera saber como se puede legalizar a una persona (Guatemalteca) es indocumentada tiene 2 hijos mexicanos,uno de 8 años y otro de 4 solo cuenta con acta de nacimiento de sus hijos,y acta de nacimiento de ella,vive aqui desde hace 10 años
Anabel, buen día, agradecemos su visita a nuestro sitio web, así como la confianza depositada en nosotros al consultarnos.
Por lo que hace a su consulta, le comento que para que pueda obtener una legal estancia es necesario que cuente con su pasaporte vigente, este documento es necesario para poder realizar cualquier trámite migratorio en México.
El trámite para obtener el pasaporte es personal y debe consultarse en el consulado de su país de origen en México.
Una vez obtenido el pasaporte, debe solicitar ante el INM su regularización migratoria por unidad familiar haciendo valer el hecho de que tiene hijos mexicanos, con esto obtendrá la Residencia Permanente.
Espero que esta información le sea de utilidad y si tiene alguna duda que considere debe hablarse, no dude en comunicarse conmigo vía telefónica o por Whatsapp al número 5585836236.
De igual forma, si usted quiere evitar contratiempos para obtener su legal estancia, podemos ayudarle.
Redactamos tus escritos de cumplimiento, entérate:
Elaboración de Escritos
Saludos.
Angel Hernández
buena tarde, les comento mi caso, hace un año estoy como residente temporal con estancia por unidad familiar y no tengo permiso de trabajo, y me quiero cambiar a independiente y con permiso para trabajar, me pueden indicar por favor cual seria el tramite?
RESPUESTAS-LEGEXT: Hola Esteban, la regla es mantener la condición de estancia origen de tu residencia (vínculo familiar), esto es, durante el tiempo que mantengas la residencia temporal, no puedes modificar la razón que soporta tu residencia.
Lo que si puedes hacer, es darte de alta ante Secretaria de Hacienda y Crédito y el Servicio de Administración Tributaria( SAT) para que obtengas tu Registro Federal de Contribuyentes(RFC) y expedir tus recibos y/o facturas por la prestación de servicio que hagas, con esto evitas el buscar trabajo y que el patrón tenga ,o no, la autorización para contratar personal extranjero. Aquí
Por último, te comento que pasados dos años con la residencia temporal y/ o permanente puede naturalizarte. Aquí
Redactamos tus escritos de cumplimiento, entérate:
Elaboración de Escritos
Saludos
Manuel Verdugo
buen dia
cual es el tiempo máximo de respuesta del INM para un cambio de estatus de turista a residente temporal por unidad o vinculo familiar
gracias buen dia
RESPUESTAS-LEGEXT: Hola Gerardo, la normatividad señala que son 20 días hábiles para un cambio de condición de estancia de visitante a residente temporal; no obstante lo anterior, en la realidad puede llegar a tardar más tiempo.
Redactamos tus escritos de cumplimiento, entérate:
Elaboración de Escritos
Saludos
Manuel Verdugo
Buenas tardes, soy nicaragüense, actualmente, tengo vigente mi residencia temporal estudiante, sin embargo, no seguí estudiando, mi esposo está a unos 7 meses de terminar su maestría, sin embargo en migración me dijeron, que porque somos estudiantes, él no me puede pedir la residencia por vínculo familiar, esto es así? o me dieron mal la información.
Tenemos el acta de matrimonio, nos casamos en México. Vivimos en Saltillo
Yo terminé mi maestría, pero me quiero quedar los 7 meses que le faltan, para regresarnos juntos, sin embargo, no he podido encontrar un empleo, quiero saber, si ustedes pueden ayudarme.
Desde ya, gracias
Cinthya, buen día, agradecemos su visita a nuestro sitio web, así como la confianza depositada en nosotros al consultarnos.
Por lo que hace a su consulta, le comento que, de conformidad con lo señalado por la Ley migratoria vigente, no permite el cambio de condición de estancia de Residente Temporal Estudiante a Residente Temporal por unidad familiar cuando ambos son estudiantes.
No obstante lo anterior, antes de que venza su documento migratorio, su esposo puede solicitar su internación por unidad familiar, con lo cual usted podrá acceder a la Residencia Temporal.
Espero que esta información le sea de utilidad y si tiene alguna duda que considere debe hablarse, no dude en comunicarse conmigo vía telefónica o por Whatsapp al número 5585836236.
Redactamos tus escritos de cumplimiento, entérate:
Elaboración de Escritos
Saludos.
Angel Hernández
Buenas tardes
Estoy como turista en la ciudad de Monterrey, mi permiso de turista vence el próximo mes ( 20 de marzo ). El dia 15 de este mes me casé, ella es mexicana. Por lo cual podría tramitar mi R.T por vinculo familiar, el problema es que mi esposa no tiene como comprobar ingresos, porque no está trabajando. Yo creo que eso me complicaría a la hora de pedir la R.T como dependiente ( es así ? )
Ahora bien, lo bueno es que si tengo oferta de empleo, el problema es que la empresa recién esta moviendo la papelería para darse de alta ante el INM y luego solicitarme, pero me dijeron tarda bastante ( unos 2 meses )
Como puede ver yo tengo vinculo familiar y oferta de empleo, pero mi problema es el tiempo ya que solo me queda poco más de un mes para hacer todo estos trámites.
Usted que me recomienda hacer ?
Desde ya, muchas gracias !!
Saludos cordiales !!
Manuel
RESPUESTAS-LEGEXT: Manuel buen día, el trámite que debe presentar se llama cambio de condición de estancia a residente temporal por vínculo familiar y el tramite no pide que su Esposa tenga que acreditar ingresos, basta el acta de matrimonio y otros requisitos formales.
Si desea que nosotros le llevamos en línea su cambio a residente temporal, hágamelo saber para hacerle una propuesta, le aseguro el 100% de éxito.
Me puede contactar por Whats al número 01 55 5007 1574
Redactamos tus escritos de cumplimiento, entérate:
Elaboración de Escritos
Saludos
Buen día,
Soy ciudadano francés, estoy laborando para una empresa y mi residencia temporal esta por vencer. Me casé hace 4 años con una mexicana y acredito 4 años ya en el país con residencia temporal (FM2).
¿Me recomiendan buscar la residencia permanente por vinculo familiar o por «antigüedad»? ¿Cual es la más fácil de obtener?
Debido a un viaje cercano a la fecha de vencimiento, considero empezar el tramite 1 semana antes del vencimiento de la forma migratoria, ¿eso representa un problema?
Gracias,
Saludos,
Pierre.
RESPUESTAS-LEGEXT: Pierre buen día, desde el segundo año casado con mexicana Usted pudo hacer su cambio de temporal a permanente por vínculo familiar.
Ahora bien, para el cambio de temporal a permanente haciendo valer el vínculo familiar no hay que esperar a la fecha de vencimiento de la tarjeta, ello debido a que ese cambio ya se actualizó a partir del segundo año de estar casado y mantener la residencia temporal.
Por lo anterior, no hay razón para esperar la fecha de vencimiento de su residencia, el cambio lo puede solicitar mañana mismo.
Si desea que nosotros hagamos sin demora el cambio de su condición de estancia, hágamelo saber para hacerle una propuesta.
Redactamos tus escritos de cumplimiento, entérate:
Elaboración de Escritos
Saludos
Manuel Verdugo
Hola soy cubano me casé con una mexicana y tengo mi recidencial temporal al año me dicen que debo ir a cambiar mi estancia por recidencial permanente ya me dan mi permiso de trabajo
RESPUESTAS-LEGEXT: José Antonio buen día, desde ahorita con la residencia temporal Usted puede solicitar el permiso para trabajar; pasados dos años puede solicitar el cambio de temporal a permanente. También, pasados dos años con la residencia temporal puede solicitar su Carta de Naturalización.
Si desea que siga asesorándolo, no dude en hacer sus comentarios.
Redactamos tus escritos de cumplimiento, entérate:
Elaboración de Escritos
Saludos
Manuel Verdugo
Buenos días, tengo una inquietud, mi esposa está estudiando una maestría acá en México, solicitamos también mi visa por unión familiar desde nuestro país de origen, tengo mi residencia como residente temporal estudiante ( yo no estoy estudiando) pero cuando me la dieron me dijeron que era esa porqué yo debía tener el mismo estatus migratorio que mi esposa, mi pregunta es: yo podria darme de alta como trabajador autonomo? Todo lo que leo dice que como residente temporal estudiante de obtener autorización de la universidad para poder trabajar… Pero como le comento anteriormente yo no estoy inscrito ni estudiando.
RESPUESTAS-LEGEXT: Felipe buen día, ser un trabajador autónomo significa haber obtenido de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público (SHCP) el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) como persona física con actividad empresarial y/o profesional.
Respondiendo su consulta, la SHCP no otorga el RFC a un extranjero con visa de estudiante.
Redactamos tus escritos de cumplimiento, entérate:
Elaboración de Escritos
Saludos
Manuel Verdugo
ANUNCIO-LEGEXT: Ponemos a sus órdenes el servicio para tramitar y obtener el Permiso de Salida y Regreso.
Entérate https://www.legext.com.mx/permisos-de-salida-y-regreso/
El Permiso de Salida y Regreso es la autorización que emite el Instituto Nacional de Migración (INM), que permite a un extranjero salir y regresar a México cuando tiene un trámite migratorio pendiente de resolución.
El Permiso de Salida y Regreso es el documento oficial que permite al extranjero salir de México durante 60 días por estar pendiente de resolución un trámite migratorio relacionado con su estancia, como por ejemplo la renovación de su tarjeta de residencia.
El Permiso de Salida y Regreso se debe tramitar en la misma oficina en la que se presentó el trámite migratorio pendiente de resolver, con 4 días de anticipación, o en caso de emergencia en el punto de salida de México, por ejemplo, el aeropuerto (causa de fuerza mayor).
Saludos
Manuel Verdugo
ANUNCIO-LEGEXT: Ponemos a sus órdenes el servicio para tramitar y obtener el Permiso de Salida y Regreso.
Entérate https://www.legext.com.mx/permisos-de-salida-y-regreso/
El Permiso de Salida y Regreso es la autorización que emite el Instituto Nacional de Migración (INM), que permite a un extranjero salir y regresar a México cuando tiene un trámite migratorio pendiente de resolución.
El Permiso de Salida y Regreso es el documento oficial que permite al extranjero salir de México durante 60 días por estar pendiente de resolución un trámite migratorio relacionado con su estancia, como por ejemplo la renovación de su tarjeta de residencia.
El Permiso de Salida y Regreso se debe tramitar en la misma oficina en la que se presentó el trámite migratorio pendiente de resolver, con 4 días de anticipación, o en caso de emergencia en el punto de salida de México, por ejemplo, el aeropuerto (causa de fuerza mayor).
Saludos
Manuel Verdugo
Buenos dias
Mi consulta se relaciona con que soy residente temporal estudiante en mexico (monterrey) Soy colombiano, he estado pensando en casarme, busco realizar actividades remuneradas pero aun no culmino mi carrera universitaria por lo tanto no puedo trabajar
Que posibilidades y cuanto tiempo habria que esperar para poder obtener una condicion con la cual pueda recibir realizar actividades economicas si llegase a contraer matrimonio con mi pareja que es de mexico.
Andrés, buen día, agradecemos su visita a nuestro sitio web, así como la confianza depositada en nosotros al consultarnos.
Por lo que hace a su consulta, le comento que si usted cuenta con una oferta de empleo expedida por una empresa que se encuentre inscrita ante el INM como empleador, puede solicitar en cualquier tiempo su cambio de condición de estancia a Residente Temporal, esto por estar realizando estudios de nivel superior.
Ahora bien, si usted contrae matrimonio, deberá realizar 2 trámites y no uno como en el supuesto anterior:
1.- Cambio de condición de estancia a Residente Temporal;
2.- Obtención de permiso de trabajo.
Espero que esta información le sea de utilidad y si tiene alguna duda que considere debe hablarse, no dude en comunicarse conmigo vía telefónica o por Whatsapp al número 5585836236.
De igual forma, si usted quiere evitar contratiempos para obtener su residencia temporal con permiso para realizar actividades remuneradas, podemos ayudarle.
Saludos.
Angel Hernández
Hola buenos días. Gracias por el apoyo que brindas. Queria consultar lo siguiente: Soy extranjero con residencia temporal por motivos laborales. Soy gay y mi pareja llego al pais hace unos meses y entró como visitante. Su estancia(180) dias esta proxima a vencer. Queremos casarnos y luego poder solicitarle un cambio de estatus o regularizacion dependiendo sea el caso. Mi pregunta es si hay algun problema si se le vence su estadia como visitante y tambien si en cualquier INM se puede realizar este tramite. Vivo en Monterrey. Gracias.
Pablo, buen día, agradecemos su visita a nuestro sitio web, así como la confianza depositada en nosotros al consultarnos.
Por lo que hace a su consulta, le comento que ustedes pueden casarse en cualquier momento, es decir, con el documento migratorio vigente o vencido, siendo mi recomendación que lo hagan con el documento migratorio de turista vigente para que así con el documento migratorio vigente soliciten su cambio de condición de estancia a residente temporal y eviten a multa que corresponde a una regularización migratoria.
Si el documento migratorio se vence antes de que contraigan matrimonio, de conformidad con el artículo 9 de la ley de migración los jueces u oficiales del registro civil no pueden negar el matrimonio aún y cuando uno de los extranjeros no cuenten con una legal estancia:
“Artículo 9. Los jueces u oficiales del Registro Civil no podrán negar a los migrantes, independientemente de su situación migratoria, la autorización de los actos del estado civil ni la expedición de las actas relativas a nacimiento, reconocimiento de hijos, matrimonio, divorcio y muerte.”
Por último, le informo que los trámites migratorios se deben presentar atendiendo a su domicilio o lugar de trabajo, ya que si son presentados en una delegación del INM distinta a las anteriores, éstas tienen la obligación de remitirla a la Delegación correcta, lo que demora el tiempo de resolución del trámite.
Espero que esta información le sea de utilidad y si tiene alguna duda que considere debe hablarse, no dude en comunicarse conmigo vía telefónica o por Whatsapp al número 5585836236.
De igual forma, si usted quiere evitar contratiempos para obtener el cambio de condición de estancia de su prometido, podemos ayudar a hacerlo.
Saludos
Angel Hernández
Pablo, buen día, agradecemos su visita a nuestro sitio web, así como la confianza depositada en nosotros al consultarnos.
Por lo que hace a su consulta, le comento que ustedes pueden casarse en cualquier momento, es decir, con el documento migratorio vigente o vencido, siendo mi recomendación que lo hagan con el documento migratorio de turista vigente para que así con el documento migratorio vigente soliciten su cambio de condición de estancia a residente temporal y eviten a multa que corresponde a una regularización migratoria.
Si el documento migratorio se vence antes de que contraigan matrimonio, de conformidad con el artículo 9 de la ley de migración los jueces u oficiales del registro civil no pueden negar el matrimonio aún y cuando uno de los extranjeros no cuenten con una legal estancia:
“Artículo 9. Los jueces u oficiales del Registro Civil no podrán negar a los migrantes, independientemente de su situación migratoria, la autorización de los actos del estado civil ni la expedición de las actas relativas a nacimiento, reconocimiento de hijos, matrimonio, divorcio y muerte.”
Por último, le informo que los trámites migratorios se deben presentar atendiendo a su domicilio o lugar de trabajo, ya que si son presentados en una delegación del INM distinta a las anteriores, éstas tienen la obligación de remitirla a la Delegación correcta, lo que demora el tiempo de resolución del trámite.
Espero que esta información le sea de utilidad y si tiene alguna duda que considere debe hablarse, no dude en comunicarse conmigo vía telefónica o por Whatsapp al número 5585836236.
De igual forma, si usted quiere evitar contratiempos para obtener el cambio de condición de estancia de su prometido, podemos ayudarla a hacerlo.
Saludos.
Angel Hernández
Hola, buenas tardes agradezco su apoyo, me presento mi nombre es Anam y soy de Colombia resido acá en México/Monterrey con mi novia desde el 4 de octubre del 2016, mi permiso de turiste venció en abril. me encuentro en tramites de casamiento por lo civil en los proximos días. pero tengo una duda luego de casarme que procede? debo esperar un tiempo para entregar la documentacion a migración y cuales son los requisitos que solicitan allí para obtener la residencia temporal con permiso de trabajo y el tiempo que tardan en responderte.
Pablo si ocupas fotos para tu civil puedes contactarme nostras estariamos felices de compartir ese momento con ustedes ya que sabemos como es el trato para nosotros los extrajeros acá en México.
anamariagarza2017@gmail.com
Gracias
LEGEXT tengo una duda de acuerdo al tiempo que llevo aquí en México que es aproximadamente un año, ya que entré el 4 de Octubre de 2016 hasta el 4 de Octubre de 2017 no interfiere en el tramite ya que se necesitan 2 años para la residencia permanente o me ayudaría en algo el tiempo de estancía aquí.
Sin embargo me han comentado que yo debería pagar una multa por pasarme de la fecha estipulada como turista. es esto cierto y si es así que costo sería la multa.
Gracias
RESPUESTAS-LEGEXT: Ana María, según entiendo tu actual condición de estancia es irregular desde el 04 de octubre de 2017, esto es, no podrás solicitar la residencia permanente sino después de regularizar tu estancia en México y que hayan pasado dos años con la residencia temporal, en el entendido de que tendrías que estar casada o tener un hijo, de lo contario la residencia permanente la puedes obtener pasados 4 años de tener la residencia temporal
Así como estas, el tiempo que dures sin regularizar tu condición de estancia en México no te genera ningún derecho.
Redactamos tus escritos de cumplimiento, entérate:
Elaboración de Escritos
Saludos
Manuel Verdugo
Hola buenos días, me presento me llamo edith tengo 20 años y soy chilena, tengo una novia que es mexicana por lo cual quiero irme a mexico a vivir pero mi duda es ¿Puedo tener la recidencia mexicana permanente? o si me puedo casar con ella y asi obtenerla mas fácil.
Espero su respuesta
De ante mano, muchas gracias.
RESPUESTAS-LEGEXT:Edith buen día, si te casas con una mexicana la residencia que puedes obtener por unidad familiar es la Temporal y pasados dos años la Permanente, incluso pasados esos mismos dos años puedes naturalizarte.
Si no obtienes la residencia temporal por vínculo familiar, la otra manera es por una oferta de trabajo que te haga un empleador mexicano que tenga la Constancia de Inscripción de Empleador.
Redactamos tus escritos de cumplimiento, entérate:
Elaboración de Escritos
Saludos
Manuel Verdugo
Consulta:
Ya tengo la Residencia Temporal,soy casado con una Mexicana desde el 22 de Diciembre del 2015,pero me dicen en INM que debo esperar y pagar otro año más de Residente Temporal para luego obtener y pagar por la RESIDENCIA PERMANENTE,me está urgiendo ser RESIDENTE PERMANENTE,Pueden explicarme si eso es posible,soy de COSTA RICA.Gracias.
RESPUESTAS-LEGEXT: Francisco buen día, la regla para obtener la residencia permanente a propósito de estar casado con mexicana es haber mantenido dos años la residencia temporal; luego entonces, podrás cambiar de temporal a permanente después del segundo año con tu Tarjeta de Residente Temporal.
Esto es, el requisito de los dos años no solo se cumple por estar casado, tienen que darse los dos requisitos, estar casado con mexicana y los dos años con la residencia temporal.
Yo te recomiendo que en lugar de tramitar la residencia permanente gestiones tu Carta de Naturalización, que en terminos generales las puedes solicitar también pasados dos años con la residencia temporal, ya sea porque estas casado con mexicana o porque naciste en un país Latinoamericano.
No omito mencionar que si tu opción es la Carta de Naturalización tendrías que renovar tu residencia temporal por un año más, ya que uno de los requisitos para la naturalización es que tu documento migratorio tenga por lo menos una vigencia de 6 meses posteriores a la fecha de solicitud.
Para enterarte de la Carta de Naturalización , te pido visites nuestro sitio.
Si deseas que te ayudemos con el cambio se residencia o con la naturalización, házmelo saber para hacerte una propuesta.
Redactamos tus escritos de cumplimiento, entérate:
Elaboración de Escritos
Saludos
Manuel Verdugo
Hola, buenas tardes
cordial saludo
Mi nombre es Ricardo Torres Ramos, soy colombiano llevo en México 4 años con la residencia temporal de estudiante. Termine la maestría y estoy haciendo el Doctorado (me faltan dos años) en la Universidad Autónoma de Baja California, estoy becado por Conacyt. Quiera saber si puedo aplicar a residencia permanente, y si ustedes me pueden ayudar.
Saludos
Ricardo Torres
RESPUESTAS-LEGEXT: Ricardo buenos días, el asunto es que la residencia temporal de estudiante no genera derechos de residencia, por lo que para obtener una residencia temporal, no la permanente, lo que habría que hacer es tener una oferta de trabajo que te haga un empleador que tenga la Constancia de Inscripción de Empleador
Redactamos tus escritos de cumplimiento, entérate:
Elaboración de Escritos
Quedo pendiente de tus comentarios.
Saludos
Manuel Verdugo
Hola buenas tardes. Yo entré a México como turista y ahora me quiero quedar estudiando una maestría, ya realice el trámite y estoy admitida en la universidad. Que debo hacer gracias.
Mildred, buen día, agradecemos su visita a nuestro sitio web, así como la confianza depositada en nosotros al consultarnos.
Por lo que hace a su consulta, le comento que desafortunadamente no existe el cambio de condición de estancia de Visitante (Turista) a Residente Temporal Estudiante y la solicitud de internación no se puede hacer en México, se debe solicitar la visa de estudiante en algún consulado de México en el extranjero debiendo acreditar que ha sido aceptada en la universidad a través de una carta de aceptación que le emita la escuela.
Una vez que le sea otorgada la visa de estudiante se debe canjear la misma por la tarjeta de residente temporal estudiante.
Espero que esta información le sea de utilidad y si tiene alguna duda que considere debe hablarse, no dude en comunicarse conmigo vía telefónica o por Whatsapp al número 5585836236.
De igual forma, si usted quiere evitar contratiempos para obtener su legal estancia como Residente Temporal Estudiante, podemos ayudarla a hacerlo.
Redactamos tus escritos de cumplimiento, entérate:
Elaboración de Escritos
Saludos
Angel Hernández
Buenas tardes soy claudia soy cubana y hace dos meses que llegue por visa familiar pues mi esposo es cubano también y esta haciendo una maestría aquí y yo quisiera comenzar a trabajar pues tengo una visa temporal sin permiso de trabajo, mi pregunta, que debo hacer para obtener dicho permiso y que debo hacer posteriormente para obtener una residencia permanente pues hijos no puedo tener y quisiera establecerme en el país totalmente.
Redactamos tus escritos de cumplimiento, entérate:
Elaboración de Escritos
Claudia, buen día, agradecemos su visita a nuestro sitio web, así como la confianza depositada en nosotros al consultarnos.
Por lo que hace a su consulta, le comento que se debe solicitar ante el Instituto Nacional de Migración un permiso de trabajo, para el cual requiere contar con una oferta de empleo extendida por una empresa que se encuentre inscrita ante el INM como empleador.
Ahora bien, por lo que comenta su esposo se encuentra en México como Residente Temporal Estudiante, lo que no genera derechos de residencia en México y al depender usted de él, de igual forma no pude generar derechos de residencia, por lo que para que usted pueda acceder a la residencia permanente es necesario que su esposo obtenga una residencia temporal que no sea de estudiante, esto lo puede hacer obteniendo una oferta de empleo y solicitado el cambio de condición de estancia correspondiente.
Espero que esta información le sea de utilidad y si tiene alguna duda que considere debe hablarse, no dude en comunicarse conmigo vía telefónica o por Whatsapp al número 5585836236.
Redactamos tus escritos de cumplimiento, entérate:
Elaboración de Escritos
Saludos
Angel Hernández
Buenas tardes.
Estimado Sr. Manuel Verdugo.
Tengo a bien formularle la siguiente consulta.
Tengo la tarjeta temporal mexicana con permiso de trabajo desde el año 2014, en mayo de este año 2017 contraje matrimonio con una mexicana, ahora bien, quiero cambiar mi tarjeta de residente temporal a residente permanente, por lo que mi pregunta es: ¿ tengo que tener dos años de matrimonio para solicitar la tarjeta permanente? o puedo obtener la misma de inmediato una vez presentada la solicitud a Migración sin tener que esperar los dos años de casado? de ser posible obtener la tarjeta de inmediato, que artículo de la ley fundamenta mi solicitud.
Muchas gracias.
En espera de sus consideraciones.
Le saluda.
RESPUESTAS-LEGEXT: Jesús buenos días, en su caso que no obtuvo la residencia temporal por haberse casado con mexicana, sino que la tiene por una razón distinta, para la residencia permanente tiene que esperar a que sucedan 4 años con la residencia temporal.
Dicho de otra manera, si su residencia temporal la tuviera por haberse casado con mexicana, entonces si sería posible tramitar la residencia permanente pasados dos años de casado. Pero no es su caso, ya que la residencia temporal que tiene la obtuvo por otra razón.
Lo que recomiendo, teniendo en cuenta que Usted tiene más de dos años con la residencia temporal, es que tramite su Carta de Naturalización. Lo anterior, en el entendido de que Usted haya nacido en un país Latinoamericano o de la Península Ibérica.
Por último, no se le pase dar aviso al INM de que ya se casó, le recuerdo que los extranjeros tienen la obligación de comunicar al INM de cualquier cambio del estado civil, dentro de los 90 días posteriores a que sucedió.
Respecto mi recomendación de naturalizarse, le sugiero visite nuestra página http://www.cartadenaturalización.com.mx que explica en que consiste.
Quedo pendiente de sus comentarios.
Redactamos tus escritos de cumplimiento, entérate:
Elaboración de Escritos
Manuel Verdugo
Consulta:
Buenas tardes. Mi marido y yo somos argentinos. Mi marido tiene residencia. Temporal por oferta de trabajo. Que inicio el 27/11/2013. El realizaria su naturalizacion en este mes, pero el abogado nos indico mal la fecha en que debia presentarse y se la negaron . Yo tengo residencia temporal , por vinculo familiar . Debemos viajar argentina el 30/11/2017,pero no queremos perder nuestros derechos y mi marido aun quiere hacer su naturalizacion. Creemos que solicitando en su caso la permanente y obteniendola, inmediatamente puede solicitar su naturalizacion. Lo que significaria que para poder viajar , ya no estaria laborando en su trabajo actual. Se puede solicitar la permante y una vez que la obtiene, solicitar la naturalizacion e inmediatamente renunciar a su trabajo e irnos argentina por dos meses? Esto impide a que le otorguen la naturalizacion. ? Y si pudiese hacerlo en que fecha debemos iniciar todo? En mi caso me di de alta en el Sat con actividad en el Rif, tengo un auto en uber, esto me dificulta en algo o beneficia? . Actualmente a mi marido lo finiquitaron en su empresa y le dieron de alta en una nueva sin antiguedad ? Esto tambien puede perjudicar en algo su naturalizacion? Quedo en espera de su respuesta , muchas gracias.
—
Noelia buen día, como son varias sus dudas, considero oportuno responderlas de la siguiente manera:
Primero. Me imagino que la naturalización de su Marido no prospero porque se presentó cuando su legal estancia en México estaba por debajo de los seis meses de vigencia de la tarjeta de residencia temporal.
Segundo.- Que su Marido necesariamente debe cambiar de residente temporal a permanente; y esto lo pude hacer durante los treinta días anteriores al día 27 de noviembre del 2017, porque antes no es posible.
Tercero.-Si su intención es viajar el 30 de noviembre del 2017, es prudente consideren solicitar el permiso de salida y regreso, ya que un cambio de condición de estancia de temporal a permanente puede llegar a tardar más de treinta días. Esto es, aún presentando el cambio de condición de estancia de su Marido el 27 de octubre del 2017, nada les garantiza que el trámite, en definitiva, quede resuelto antes de su viaje.
Cuarto.- Al día siguiente de que su marido tenga la residencia permanente puede tramitar su Carta de Naturalización.
Quinto.- Por lo que hace a su pregunta en el sentido de que si afecta el hecho de que su Marido ya no estaría trabajando en la fecha de solicitud de la permanente, le informo que dentro de los requisito no está el de la continuidad laboral; esto es, lo más importante es que hayan transcurrido dos años desde que él tiene la residencia temporal.
Sexto.- Así, para solicitar la Carta de Naturalización los requisitos importantes son: i)pasaporte vigente, ii) acta de nacimiento apostillada, iii) haber permanecido en México con una legal estancia por dos años, al tratarse de la solicitud que hace una persona nacida en un país Latino americano (argentina), iv) no haber salido de México por más de 180 días previos a la solicitud de naturalización, c) antecedentes penales federales estatales y v) por supuesto, que su forma migratoria tenga una vigencia de por lo menos seis meses a partir de la fecha de solicitud; lo que en el caso de su Marido no será problema, ya que cuando el inicio su trámite de naturalización el tendrá la residencia permanente por haber mantenido la residencia temporal por cuatro años.
Séptimo.- Tengo una duda; porque su Marido no tramitó la naturalización a partir del segundo año con la residencia temporal?… En todo caso, lo más importante que quiero preguntar es, cuánto tiempo Usted ha mantenido la residencia temporal, porque si lo ha hecho por dos años, ya es candidata a solicitar la nacionalidad mexicana por naturalización.
Octavo.- Por lo que hace a su inscripción a RFC y que lo haya hecho en el Régimen de Incorporación Fiscal no afecta en lo más mínimo, en todo caso Usted podría tramitar la Constancia de Inscripción de Empleador y contratar a un extranjero, incluso solicitar su internación a propósito de una oferta de trabajo.
Así las cosas, mi recomendación es que contrate nuestros servicios, para que sepa cuáles son sus derechos, los haga valer en el momento oportuno y tenga certidumbre de lo que está haciendo.
No obstante lo anterior, quedo pendiente de sus dudas, que con gusto responderé.
Espero haber sido de utilidad. Si considera que hay algo que platicar, quedo a sus órdenes en el número (55) 50071574.
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Saludos
Manuel Verdugo
Buenas noches ,soy Ariane, soy de Camerún y soy résidente temporal estudiante aquí en Mexico, me recibo en diciembre,me gustaría obtener la residencia permanente ,cuales son las opciones que tengo ? Y qué pasaría si tengo un bébé aquí de Padre extranjero con residencia temporal estudiante como yo. Quedo en espera de sus commentarios Gracias y Saludos
RESPUESTAS-LEGEXT: Ariane Mbougank:
Estimada Ariane, para obtener la residencia permanente después de terminados tus estudios en diciembre, primero hay que tener la residencia temporal y pasados cuatro años solicitar la permanente.
Ahora bien, en el supuesto que comentas en donde tu hijo (a) nazca en México siendo sus padres extranjeros, entonces Ustedes pueden tramitar y obtener la residencia permanente de manera directa, por el simple hecho de ser Padres de un mexicano por nacimiento; incluso pasados dos años con la residencia permanente podrían naturalizarse.
Espero haber sido de utilidad. Si tienes alguna duda que consideres debe hablares no dudes en comunicarte al número (55) 50071574.
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Saludos
Manuel Verdugo
Buenas noches.
Mi consulta es la siguiente:
Yo soy naturalizada mexicana desde el 2012, tengo un hijo colombiano que nació en Colombia en el 2000, el apenas llego conmigo a vivir en marzo pasado, quise hacer el cambio de condición migratoria a residente permanente (el es menor de edad) Tengo la tutela del niño , por un oficio de prevención y verificación durante el tramite tuve que ir a la oficina de INM, ahi me hicieron la salvedad, de porque no fui primero a hacer la inserción del acta de mi hijo al registro civil (ellos me planteaban que era posible que el obtuviera la nacionalidad mexicana de manera directa por yo ser mexicana; aun no me dan respuesta en el registro civil, por eso estoy consultando con uds. Muchas gracias!!
RESPUESTAS-LEGEXT:Paola buen día y gracias por visitar nuestro sitio web; en mi opinión su hijo no es mexicano por nacimiento, ya que él nació antes de que Usted se naturalizara, lo que si es cierto es que Usted puede obtener para él la residencia permanente y pasados dos años con esa condición de estancia la naturalización, haciendo valer en ambos supuestos que Usted es mexicana y además su mamá. Esto es, el razonamiento del INM es equivocado, por lo que procede promover, una vez más, la residencia permanente para su hijo, haciendo valer el vínculo familiar que les une, explicando de manera puntual como han sucedido las cosas, para que no le requieran otra vez.
Si necesita que le apoyemos con la obtención de la residencia permanente para su hijo, háganlo saber para hacerle un a propuesta de trabajo.
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Elaboración de Escritos
Saludos
Manuel Verdugo
Buenas tardes, el motivo del correo es para pedir información (en caso de tenerla) sobre el proceso para obtener la permanencia en México de una brasileña casada con un mexicano (siendo el casamiento en Brasil) cabe remarcar que ambos ya estamos en Brasil. Sin más Por el momento, quedo a sus ordenes.
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RESPUESTAS-LEGEXT:Buen día, le agradecemos su visita a nuestro sitio web, ahora bien, por lo que hace a su pregunta, le informo que teniendo en cuenta que ustedes se encuentran casados en términos de las leyes Brasileñas, lo siguientes es enviar a México el acta de matrimonio legalizada o apostillada, la cual deberá traducirse en México por perito autorizado para posteriormente inscribirla ante las oficinas del Registro Civil y obtener el acta de matrimonio que expide la Oficina del Registro Civil en México.
Una vez hecho lo anterior, ustedes pueden ingresar a México como turistas y posteriormente solicitar un cambio de condición de estancia de Visitante a Residente Temporal haciendo vales el vínculo familiar que los une.
Ahora bien, si desea que través nuestro se registre su acta de matrimonio en México y se tramite el cambio de condición de estancia de su esposa, háganoslo saber para solicitarle mayores datos y hacerle una propuesta.
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Saludos
Angel Hernánadez
Excelente Pag. Web! me ha aclarado muchas dudas, pero aun tengo unas cuantas…Soy gay y entré a Mexico como turista. Vine a visitar a mi novio, que es un ciudadano mexicano. Durante mi estancia en el país, mi novio me propuso matrimonio y decidimos casarnos. Mi futuro esposo tiene la intención de comenzar trámites para que yo obtenga la residencia permanente en la CDMX. Mi estadía legal aun no se vence. Deseo saber cuanto es el tiempo estimado que tarda el proceso de Cambio a residente permanente por vínculo familiar y si con ese permiso ya puedo trabajar o tendría que pedir otro permiso para eso? gracias de ante mano por su respuesta 🙂
RESPUESTAS-LEGEXT: Noé Gracias por visitar nuestra página y consultarnos:
Antes de responder tus dudas, felicidades por el compromiso. Respecto las gestiones para obtener una legal estancia que te permita vivir en México, primero debe llevarse a cabo la boda por el civil y una vez que tengan el Acta de Matrimonio solicitarle al Instituto Nacional de Migración (INM) tu cambio de condición de estancia de Visitante-Turista (180 días) a residente Temporal, lo que llevaría de 30 a 45 días, aclarando que primero se obtiene la residencia temporal y después la residencia permanente. Me explico, la residencia permanente por vínculo familiar se obtiene atendiendo a otros supuestos y no por haberse casado con mexicano.
Aquí es importante que sepan que la residencia permanente la obtendrías hasta después de pasados 2 años con la residencia temporal. No obstante lo anterior, puedes obtener la Carta de Naturalización, igual, después del segundo año con la residencia temporal, haciendo valer que estas casado con un mexicano o porque eres nacido en un país latinoamericano o de la Península Ibérica.
Además de lo anterior, deben tener en cuenta la fecha de vigencia de tu actual forma migratoria, ya que si la misma vence antes de presentar el cambio de condición de estancia, el trámite simplemente cambiaria de nombre, pasaría de ser un cambio de condición de estancia a una regularización por vínculo familiar, pero con el mismo resultado, es decir, una legal estancia con la tarjeta de residente temporal.
Por último, una vez que obtengas la residencia temporal por vínculo familiar, lo que sigue es solicitarle al INM el permiso de trabajo, que bien puede ser porque tienes una oferta de trabajo o porque realizaras una actividad independiente.
Si desean que a través nuestro, se hagan los trámites necesarios para que logres una legal estancia en México, el permiso de trabajo y una proyección que te permita en dos años la nacionalidad mexicana por naturalización (Carta de Naturalización), te pido de favor me lo hagas saber, para hacerles una propuesta de trabajo.
Si tienes alguna duda que consideres debe hablarse, no duden en llamarme al teléfono Nextel (55) 50071574. Gracias
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Saludos
Manuel Verdugo (55)50071574
Buenos dias…yo soy ciudadano peruano..antes estudie en Guadalajara..ahora vengo de visita y quiero vivir con mi novia..el ano pasado me dieron la estadia por solo un mes….pero agora ppr 6 meses…quiero quedarme aqui a formar un hogar…pero me piden dos anos sim salir del pais…pero a la vez no me pueden dar trabajo porque ocupo el permiso de trabajo….en este caso que se puede hacer..
RESPUESTAS-LEGEXT: Estimado, buen día, agradecemos su visita a nuestra pagina de internet, por lo que hace a su consulta le informo lo siguiente:
Si usted desea quedarse a vivir en México, y toda vez que ya se encuentra en el país, una opción es casarse y solicitar un cambio de condición de estancia por vinculo familiar, acreditando dicho vínculo con el acta de matrimonio.
Ahora bien, por lo que hace al permiso de trabajo, éste lo puede solicitar una vez que haya obtenido su residencia temporal por vinculo familiar, aclarando que la empresa que lo contrate debe estar inscrita como empleador ante el Instituto Nacional de Migración (INM).
La otra opción es solicitar una internación por oferta de empleo, para lo cual usted deberá contar con una empresa o una persona física con actividad empresarial, debidamente inscrita como empleador ante el INM que desee contratar sus servicios.
Si tiene alguna duda que considere debe hablarse, no dude en llamarme o consultarme vía Whatsapp al teléfono (04455) 8583 6236.
Quedo pendiente de sus comentarios respecto del presente correo.
Redactamos tus escritos de cumplimiento, entérate:
Elaboración de Escritos
Saludos.
Buenas tardes, mi nombre es blanca leon. necesito saber si ustedes me pudieran informar sobre un tramite de residencia por matrimonio que mi marido jose avila romero hizo en febrero del 2014. el hizo el tramite desde Santa Ana California. yo estoy en Guadalajara y la verdad ya quisiera estar con mi marido, ya son casi dos años de que nos casamos. De ante mano agradezco la informacion que me puedadan dar al respecto.
RESPUESTAS-LEGEXT: Gracias por visitar nuestra página. Atendiendo a su consulta, me gustaría poder ayudarle, sin embargo no es posible, ello debido a que los servicios que presta nuestra Firma, tratan asuntos de extranjeros que desean internarse, o que residen en la República Mexicana y buscan mantener su legal estancia en el país, y no así respecto de Mexicanos que buscan mantener una legal estancia ingresar a otro país.
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Elaboración de Escritos
Saludos
Angel Hernández